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Un juez de San Isidro avaló la investigación fiscal y la existencia de elementos de prueba suficientes para mantenerlo en prisión
Martín del río será trasladado a una unidad carcelaria / télam
La Justicia de San Isidro impuso ayer la prisión preventiva a Martín Santiago Del Río como presunto autor del doble homicidio de sus padres, ocurrido en agosto pasado en el partido bonaerense de Vicente López, informaron fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada por el juez de Garantías 1 de San Isidro, Ricardo Costa, quien notificó en persona al acusado en su lugar de detención, la Delegación Departamental de Investigaciones de San Isidro.
Tal como habían solicitado el lunes pasado los fiscales de Vicente López Martín Gómez, Alejandro Musso y Marcela Semería, Del Río (47) seguirá detenido por “doble homicidio calificado por alevosía, por el vínculo, por el uso de arma de fuego y por ser ‘criminis causae (matar para lograr impunidad)’, delito que prevé como única pena la prisión perpetua, en perjuicio de José Enrique Del Río (74) y su esposa María Mercedes Alonso (72).
En la misma resolución, Costa rechazó el pedido de cese de detención y una nulidad referida al testimonio de la amante del imputado, que había planteado la defensora de Del Río, Mónica Chirivin.
El juez ya pidió cupo al Servicio Penitenciario Bonaerense para que el acusado sea alojado en alguna Unidad Carcelaria.
“No puedo menos que coincidir con los agentes fiscales, en cuanto a la existencia, al menos a esta altura de la pesquisa, de un cuadro de sospecha de una entidad tal que permite afirmar que el detenido Martín Santiago Del Río ha sido probable autor material penalmente responsable del suceso que a él se le enrostra”, afirmó el magistrado.
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Además, ante el pedido de sobreseimiento que el abogado Hugo López Carribero había planteado para María Ninfa “Nina” Aquino -la empleada de las víctimas que estuvo 13 días detenida por el caso-, el juez le corrió vista a los fiscales para que den su opinión e informen si sobre ella hay alguna medida de prueba pendiente.
El juez destacó “que la persona de género masculino que fuera observada egresar del domicilio de las víctimas por las cámaras de seguridad fue reconocido al tomar vista de las imágenes, tanto del recorrido previo a dirigirse a la vivienda de los damnificados como con posterioridad, como el aquí imputado por seis personas que depusieran bajo juramento de ley en ese sentido, ello considerando un particular modo de caminar y desplazarse”.
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