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Economía Dominical |EN EL PAÍS

El futuro ya llegó: cómo se puede comprar un inmueble utilizando las criptomonedas

El mercado inmobiliario permite utilizar al máximo todos los medios digitales disponibles para concluir una operación

El futuro ya llegó: cómo se puede comprar un inmueble utilizando las criptomonedas

Las criptomonedas desembarcaron en el Real Estate / Web

15 de Mayo de 2022 | 05:36
Edición impresa

Hoy se puede comprar un inmueble con criptomonedas. Si bien hasta el momento se han realizado pocas operaciones de compraventa de inmuebles con el pago en criptomonedas, en un futuro cercano todo indica que esta forma de transacción se hará muy habitual.

La compra y venta de inmuebles con criptomonedas en Argentina, al igual que en el mundo, ya es una realidad y por ello resulta esencial conocer el procedimiento para realizar una operación segura para el comprador y el vendedor, cumpliendo todos los aspectos legales y tributarios correspondientes.

Nuestro país se encuentra dentro de los 10 países del mundo donde más transacciones de criptomonedas se realizan diariamente y, por este motivo, la relación entre las criptomonedas y los inmuebles es y será muy estrecha, ya que una inversión sumamente volátil –como lo son las monedas digitales- es transformada rápidamente en una inversión en ladrillos que a los argentinos siempre les ha dado seguridad y buenos rendimientos a mediano y largo plazo.

Los datos claves para avanzar en una compraventa con moneda digital, son los siguientes:

El vendedor de la propiedad debe aceptar el pago de su inmueble con criptomonedas. En este sentido es esencial que el corredor matriculado detalle en la publicación la aceptación de este tipo de medio de pago.

Si el vendedor desea tener los dólares físicos luego de la operación, tiene que estar dispuesto a realizar una operación de cambio simultánea pagando una comisión que oscila entre un 1 % y un 4 % en las empresas Fintech disponibles en el mercado.

El vendedor y el comprador deben tener o crear una billetera digital para criptomonedas –es muy simple hacerlo-, las más usadas son Binance, Lemon, Ripio, Buenbit, Belo, Satoshitango y Defiant.

En el contrato hay que detallar los datos e identificación de cada una de las billeteras digitales, información equivalente al CBU bancario.

Las partes deberán acordar qué criptomoneda utilizarán para la operación, para lo cual se aconseja anclarla en las monedas digitales estables que siguen la paridad 1 a 1 con el dólar –USDT o DAI-.

Si se utilizan las monedas volátiles, como Bitcoin o Ethereum, hay que prever cláusulas de solvencia y de asunción del riesgo cambiario por parte del comprador ante eventuales bajas de la cotización de la moneda, según criptonoticias.

Las partes deberán declarar que son los titulares de cada una de las billeteras digitales involucradas y, asimismo, el comprador manifiesta que cuenta con la disponibilidad del importe de monedas digitales necesarias para finalizar la operación.

El importe de la transacción corresponderá al valor de venta, al igual que en las operaciones habituales, y se estimará al momento de la realización de la venta aplicando la cotización del dólar oficial de ese día, a pesar de que al momento de la transferencia los pagos se realicen en una criptomoneda estable o en bitcoins.

Si la operación inmobiliaria supera el valor de 1.500.000 pesos, la parte vendedora deberá completar el formulario de AFIP llamado COTI, a través de la web de la agencia de recaudación.

Los honorarios de escribanía, del agrimensor o del corredor inmobiliario pueden abonarse en criptomonedas si los profesionales aceptan ese medio de pago, pero los tributos que aplican a la operación, ya sea el impuesto a la transferencia de inmueble, el impuesto a las ganancias, sellos, los impuestos municipales o provinciales adeudados deberán abonarse en pesos.

Si la operación inmobiliaria supera $1.320.000, el comprador debe formular una declaración de origen lícito de fondos al momento de otorgarse la escritura traslativa de dominio ante el escribano interviniente.

Lo más importante es que la compraventa inmobiliaria se instrumenta mediante una escritura pública de cesión-permuta: el comprador se obliga a dar un bien intangible –la moneda digital- y el vendedor a entregar la propiedad del inmueble aceptando dicha moneda como parte de pago. En ese acto, la parte compradora transfiere a la billetera digital de la parte vendedora el importe involucrado y cuando el mismo impacta en la billetera de la vendedora, ambas partes suscriben la escritura pública ante el notario.

El mercado inmobiliario se encuentra en constante evolución y la incidencia que tienen las redes inmobiliarias, la innovación y la tecnología en Argentina, ya no sólo favorece el resultado exitoso del proceso de comercialización, sino que además nos permite utilizar al máximo todos los medios digitales disponibles para concluir una operación de forma rápida y segura para todas las partes.

 

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