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Información General |PROPONEN AMPLIAR EL DERECHO A RECIBIR Y BRINDAR CUIDADOS

Licencias por hijo: las claves del proyecto que presentó el Gobierno

A cuánto se busca extender los permisos otorgados actualmente a madres y padres, qué otros reconocimientos se pretende incorporar y dónde recaería el costo de su implementación

Licencias por hijo: las claves del proyecto que presentó el Gobierno
3 de Mayo de 2022 | 01:56
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El Gobierno nacional presentó ayer un proyecto de ley que extiende las licencias por maternidad y paternidad, crea nuevas por adopción y modifica otras; todos cambios cuyos costos no recaerían sobre los empleadores sino en la seguridad social.

La iniciativa, que el Poder Ejecutivo tiene previsto enviar esta semana al Congreso, unifica los proyectos de Licencias Igualitarias y del Sistema Integral de Políticas de Cuidados, que se venían trabajando en el ámbito del Gobierno.

Conocida como proyecto Cuidar, la propuesta es crear el Sistema Integral de Cuidados (Sinca) con perspectiva de género. Se trata así de reconocer el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados, así como también al autocuidado, para lo cual se estipula un conjunto de políticas y servicios y modifica el régimen de licencias público y privado.

En concreto, el proyecto propone extender la licencia para personas gestantes (hoy llamada por maternidad) de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes (por paternidad) de 2 a 90 días.

La iniciativa utiliza los términos “licencia para persona gestante” (reemplaza licencia por maternidad) y “licencia para persona no gestante” (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.

El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé que sería progresivo

 

El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: a partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.

NUEVAS LICENCIAS

Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar y por adopción.

La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción. En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.

La iniciativa incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.

Asimismo, incorpora extensiones de las licencias para hijas e hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.

Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo.

En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días. Y en caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de hasta 180 días.

PARA MONOTRIBUTISTAS

A su vez, el proyecto reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.

El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del salario mínimo vital y móvil.

El mismo régimen se establece para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

Para el personal de casas particulares, crea una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción de, como mínimo, un salario mínimo vital y móvil

EL DERECHO A CUIDAR

El proyecto del Ejecutivo modifica las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar.

Por otra parte, propone ampliar la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente -esta figura se agrega- y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días, en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de de 1 a 3 días.

Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.

 

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