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La medida, dispuesta por el Instituto Nacional de Semillas y publicada en el Boletín Oficial, incluye la comercialización de esquejes y plantines enraizados
Por el momento sólo se autoriza la venta de cuatro variedades en el país
En un nuevo avance desde la sanción de la ley de cannabis medicinal, el Gobierno autorizó la comercialización de semillas para su cultivo con fines medicinales y de investigación.
La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial, surge de una resolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE) e incluye además la comercialización de esquejes y plantines enraizados.
Como establece la resolución, serán cuatro las variedades de semillas que se podrán vender, las cuales están aprobadas por INASE y deberán estar correspondientemente rotuladas.
A estas cuatro variedades iniciales podrían sumarse antes de fin de año 15 más, y otras 77, en su mayoría de desarrollo nacional, se hallan en proceso de registro por parte del Instituto regulador, según informó la revista especializada THC,
“El hecho que haya semillas de cannabis certificadas con trazabilidad de origen le da a la industria un valor agregado desde el inicio de la cadena. La semilla de cannabis argentina va a ser un modelo en el mundo”, contó en una entrevista con esa publicación Gabriel Giménez, director nacional de Articulación Federal del Inase.
Si bien la nueva resolución no establece ningún requisito para adquirir las semillas (las que podrían venderse en negocios del tipo `growshops`), para que su tenencia y su cultivo sea legal es necesario estar inscripto en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), la base de datos de cultivadores articulada por el Ministerio de Salud de la Nación.
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Por otra parte, quienes quieran comercializar las semillas deberán inscribirse en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas, un trámite que se hace online en el sitio de INASE, tiene un costo dependiendo de la categoría en la que se anote y se demora aproximadamente una semana.
Por lo pronto, la inscripción para la comercialización tendrá vigencia de un año y habilita a vender solamente las cuatro variedades registradas hasta hoy.
Para solicitar la incorporación a ese registro se requiere contar con una indicación médica que justifique su consumo como parte de un tratamiento terapéutico por alguna patología particular.
Las personas inscriptas en el registro pueden tener hasta nueve plantas de cannabis florecidas en forma simultánea, mientras que la organizaciones civiles tienen permitido cultivar plantas para cubrir el tratamiento de hasta 150 pacientes.
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