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La Justicia federal de La Plata declaró su competencia en el caso y la institución tiene un plazo de cinco días para responder
La Justicia federal de La Plata se declaró competente en la acción de amparo que el diario EL DIA, a través de su apoderado, Dr. Marcelo Szelagowski, interpuso a principios de este mes a finde que se le ordene a la Fundación de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) a brindar información sobre el manejo y administración de los fondos públicos provenientes de cientos de contratos suscriptos por esta entidad con dependencias del Estado nacional, provincias, municipios y empresas privadas. Según dispuso el titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal Nº4, Alberto Osvaldo Recondo, la Fundación tiene un plazo de cinco días para presentar el informe, bajo apercibimiento.
La entidad tiene un plazo de cinco días para presentar un informe, bajo apercibimiento
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El magistrado hizo lugar así al dictamen del fiscal interino de la Fiscalía Federal Nº2 de La Plata, Oscar Julio Gutiérrez Eguía, quien, en línea con el recurso patrocinado por el Dr. Szelagowski, entendió que si bien la Fundación de la Facultad de Ingeniería es una persona jurídica inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, el hecho de su vinculación directa con la Facultad de Ingeniería y el manejo y administración de fondos públicos la somete a la jurisdicción federal.
Tras repasar los alcances de la ley 27.275 de acceso a la información pública, el fiscal observó también que, según la propia página web de la Fundación, la entidad “es una organización no gubernamental sin fines de lucro, con personería jurídica y estatutos propios, creada el 22/6/94, que tiene como objetivo el de contribuir al funcionamiento de la Facultad de Ingeniería, tendiendo a satisfacer las necesidades de las actividades de grado y posgrado, el mejoramiento edilicio, el equipamiento de la Facultad, la investigación pura y aplicada, la extensión universitaria y la vinculación con el medio empresarial nacional o extranjero”, y que su presidente será siempre el decano de la facultad y que su directorio de nueve miembros está integrado por seis profesores designados por el Consejo Académico de la facultad. Pero observó además que “de la propia página institucional se desprende que la Fundación ha sido creada en el ámbito de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata, jurisdicción en la cual existe un responsable de transparencia activa”. Por todo esto, el representante del Ministerio Público consideró que la justicia federal es competente y así coincidió el juez Recondo.
En paralelo, la Fundación respondió la solicitud de información pública presentada por el diario en un texto de tres páginas firmado por el presidente de la entidad y decano de la Facultad de Ingeniería, Marcos Actis. Entre otros puntos, allí se detalla el total facturado por convenios con organismos públicos en los últimos cinco años, como así también los ingresos y gastos operativos anuales de la entidad. Como se puede ver en el gráfico que acompaña esta nota, algunos de esos datos no coinciden aparentemente con el balance que la Fundación presentó el 31 de diciembre de 2023 ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
Por otro lado, en la respuesta que el Ingeniero Actis remitió al Dr. Szelagowski se insiste en que, “la Fundación es una entidad privada sin fines de lucro, creada en el marco de la entonces vigente Ley 19.836, actualmente regida por las normas del Código Civil y Comercial de la Nación en su carácter de persona jurídica privada”. Además, ante el pedido para conocer los convenios y/o contratos que la Fundación celebró en los últimos cinco años con el Gobierno nacional, las provincias y empresas privadas se aclara que la respuesta será en su carácter “de persona jurídica privada” y que solo proporcionarán información “relacionada con los fondos públicos recibidos”.
La solicitud apunta a conocer el manejo de fondos públicos a través de cientos de contratos
La fundamentación pareciera contrastar con la opinión del fiscal, quien, como se dijo, advirtió la vinculación de la Fundación con la Facultad de Ingeniería de la UNLP y por eso mismo dictaminó la competencia de la justicia federal en el amparo que tramita en el Juzgado Federal Nº4.

La íntima relación entre la Fundación y la Facultad de Ingeniería de la UNLP queda también establecida en el estatuto de la entidad inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Puntualmente en el artículo 7º del texto constitutivo se indica que “la fundación será dirigida y administrada por un Consejo de Administración integrado por nueve miembros” y que la presidencia de ese Consejo estará reservada “en forma permanente al Decano de la Facultad de Ingeniería o quien este proponga”. Además del Decano, seis de sus nueve miembros responden directamente a Ingeniería, ya que son “designados por el Consejo Académico de la Facultad que serán elegidos de una lista integrada por un representante de cada Departamento” de la unidad académica de 1 y 47. En tanto que los dos miembros restantes “serán elegidos entre los fundadores y benefactores activos”.
El estatuto de la Fundación de Ingeniería también habilita la reelección “indefinida” de sus autoridades. Mientras que en el caso de su Presidente, se aclara que “sólo será reelegible en tanto al momento de concluir su mandato (de 4 años) continúe siendo decano de la Facultad de Ingeniería”.

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