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La Ciudad |ES POR LA QUITA DE BONIFICACIONES E INDEXACIÓN ESTABLECIDOS EN LA NUEVA LEY TRIBUTARIA

Reclamos por la segunda cuota del Inmobiliario, más recargada

Algunos vecinos recibieron boletas que muestran hasta un 300 por ciento más respecto del importe abonado en 2023

Reclamos por la segunda cuota del Inmobiliario, más recargada

El inmobiliario ya tiene valor por cuota, ajustado a inflación / EL DIA

30 de Marzo de 2024 | 04:11
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Un nuevo ajuste está llegando con la boleta del impuesto inmobiliario a los contribuyentes platenses. Y es que por la Ley Tributaria 2024, las cuotas de ARBA se van actualizando este año de acuerdo con un coeficiente calculado a partir del índice de inflación, a lo que se le suma la eliminación de la bonificación por pago en término.

Los montos con los que se encuentran los propietarios de inmuebles de la Región están “más recargados” de lo esperado, según plantearon algunos vecinos en este diario. La variación de la cuota llega al 20 por ciento en relación a la anterior boleta.

Tal es el caso de un vecino de la zona del Estadio Único a quien, luego de sufrir el impacto en el bolsillo por la cuota de la patente de su vehículo lo afecta ahora una suba en el impuesto inmobiliario que, aseguró, representa más del 300 por ciento respecto de lo que pagaba en 2023. “Ya había pasado con el auto, cuya valuación fiscal es de 7.477.000 pesos. Pagaba 13.566 pesos por cuota y me vinieron 45.220 pesos, un 233 por ciento. Sólo tuve por buen cumplimiento un 5 por ciento”, se quejó.

Como se dijo, a partir del vencimiento de la cuota 2, por la nueva normativa tributaria, el importe a pagar llega ajustado por un coeficiente para mantener el valor del impuesto actualizado, un ajuste por la inflación del período, de la cual el organismo decidió aplicar solo la mitad. Ese mismo sistema se practica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde hace unos años.

ELIMINAN BONIFICACIONES

Este ajuste se da tras haber revaluado las partidas con aumentos de hasta 200 por ciento, eliminados los beneficios por el pago en término (10 por ciento de descuento) y por la adhesión a la boleta electrónica o al sistema de débito automático (otro 10 por ciento), lo que hizo que incremente aún más el valor del impuesto inmobiliario para quienes habitualmente cumplían pagando dentro del vencimiento. De ahí que ahora los montos que se cobran se ven recargados con un 20 por ciento respecto de la cuota 1.

Desde el organismo de recaudación provincial aclararon que el cálculo del 20 por ciento surge de la inflación acumulada del período, que fue de un 40 por ciento, pero la agencia decidió que la indexación sea del 50 por ciento de esos 40 puntos y así resulta un ajuste del 20 por ciento.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la nueva ley bonaerense estableció que al importe del Impuesto Inmobiliario -en sus componentes básico y complementario- y del Impuesto al Automotor -respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, se les aplica, al momento de la emisión de cada cuota, un coeficiente que establece la agencia recaudadora, que no podrá exceder la tasa de interés del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días, incrementado en hasta un 100 por ciento.

SÓLO EL INMOBILIARIO URBANO

Por otra parte, aunque la ley permite indexar todos los impuestos patrimoniales (inmueble urbano, automotores y rural), el organismo provincial decidió “por ahora” actualizar únicamente la cuota 2 del Inmobiliario urbano, y no ajustaría la correspondiente a ese término de automotores y rural.

Puntualmente, Domínguez señaló que si bien ARBA reglamentó la determinación del coeficiente, no establece una fórmula ni da precisiones de la mecánica del cálculo.

En cuanto a la legalidad de la actualización, el especialista advirtió que “podría estar vulnerando el principio de Reserva de Ley, ya que la forma de calcular el coeficiente debería estar establecida en la Ley Impositiva en lugar de delegarse a ARBA”.

La cuota 1 del impuesto inmobiliario venció en febrero de 2024 y la cuota 2 vencerá el 10 de abril.

De acuerdo a lo consignado por el organismo recaudador, la liquidación de la cuota 2 del Impuesto Automotor, las llamadas “patentes” que según la Ley Tributaria recibiría el mismo tratamiento; no se ajustaría repitiendo el monto de la cuota 1 cuyo primer vencimiento operó durante marzo.

Se aclaró desde el ente recaudador, por otra parte, que quien abone todo el año completo contará con el beneficio del congelamiento del valor.

 

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