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Sebastián Casanello
El Juzgado Federal N° 11, a cargo de Sebastián Casanello, rechazó el pedido de nulidad presentado por la defensa de Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker en la causa que investiga presuntas irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).
El planteo, impulsado por el abogado Martín Magram, cuestionaba que la investigación se había iniciado a partir de audios difundidos en medios de comunicación y atribuidos a Diego Spagnuolo, exdirector de la ANDIS, que darían cuenta de supuestos mecanismos ilícitos en la compra de medicamentos. La defensa alegó que esas grabaciones podían ser falsas, adulteradas o haber sido obtenidas sin consentimiento, lo que las volvería nulas por violación de derechos constitucionales.
Casanello desestimó los argumentos al considerar que se trataba de planteos “especulativos y contradictorios”, ya que la propia defensa reconoció desconocer el expediente y basarse en trascendidos periodísticos.
El magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema y recordó que la invalidez de un acto procesal solo procede frente a defectos sustanciales que afecten garantías constitucionales, y no ante simples vicios formales. “La defensa pretende atribuir carácter de prueba única a algo que, al menos de momento, no lo tiene”, sostuvo en el fallo.
En la causa interviene como querellante la organización Poder Ciudadano, que pidió rechazar la nulidad. Argumentó que los audios, al haber tomado estado público, constituyeron una “notitia criminis” suficiente para habilitar la investigación penal. Además, subrayó que Spagnuolo, por su rol de funcionario, tenía una expectativa de privacidad más restringida.
El Ministerio Público Fiscal también se opuso a la nulidad, al remarcar que la pesquisa no surgió de una violación de la intimidad sino de una denuncia sobre presuntas maniobras de corrupción vinculadas a la droguería Suizo Argentina.
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El fallo repasó abundante jurisprudencia nacional e internacional sobre el uso de grabaciones aportadas por particulares. Casanello resaltó que la ley no prohíbe a un individuo registrar conversaciones sin autorización judicial, y que el riesgo de ser grabado es inherente al hecho de compartir información con terceros.
“No existen reglas jurídicas que prohíban a un particular grabar una conversación”, señaló el juez, al tiempo que aclaró que la autenticidad y el valor probatorio de esos registros deberán evaluarse más adelante, junto con el resto de las pruebas de la causa.
La investigación gira en torno a presuntas maniobras de corrupción en la ANDIS, que habrían involucrado a funcionarios y allegados al oficialismo en un esquema de retornos económicos vinculados a la compra de medicamentos. En el expediente fueron mencionados Karina Milei y Eduardo “Lule” Menem, aunque su participación todavía no fue probada.
Con el rechazo al pedido de nulidad, la causa seguirá avanzando en etapa de instrucción con la mira puesta en esclarecer la existencia o no de un entramado de corrupción en la Agencia de Discapacidad.
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