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Alivio: no harán retenciones a un millón de pymes

Quedan exentos de los regímenes de recaudación, tanto en el de acreditaciones bancarias como en el de tarjetas. También aplica el diferimiento de Ingresos Brutos y la flexibilización de embargos

Alivio: no harán retenciones a un millón de pymes
21 de Noviembre de 2018 | 10:08

En el marco de la batería de medidas para aliviar fiscalmente a las Pymes, el gobierno de la provincia de Buenos Aires excluyó a un millón de contribuyentes de Ingresos Brutos de los regímenes de recaudación, tanto en el de acreditaciones bancarias como en el de tarjetas. Esta resolución que instrumentó la Agencia de Recaudación será para los meses de noviembre y diciembre, e involucra a personas físicas y jurídicas que hayan facturado en 2017 hasta $2 millones anuales. El director ejecutivo de ARBA, Gastón Fossati, destacó que “esta iniciativa que se extenderá por los próximos dos meses, está acompañada de otra serie de medidas implementadas por la gobernadora María Eugenia Vidal para sostener el trabajo y la producción de pequeñas y medianas empresas”.

“Las acciones de alivio fiscal abarcan ayuda financiera, acceso al crédito, incentivos productivos y asistencia impositiva. En definitiva, se trata de acompañar a los contribuyentes para que puedan atravesar las dificultades que enfrentan, poder sostener el trabajo y la producción”, destacó Fossati. De la misma manera, la medida que fue publicada hoy en el Boletín Oficial aplica el diferimiento del pago de Ingresos Brutos de los últimos dos meses del año, para más de un millón de contribuyentes, que también hayan declarado ingresos el año pasado inferiores a los $2 millones. Para todos los casos, deberán tener presentada en tiempo y forma la declaración jurada correspondiente.

Cabe destacar que el saldo acumulado en el período que se está postergando podrá cancelarse en hasta 3 cuotas sin intereses mediante un plan de pagos, al que se podrán adherir hasta el 28 de febrero de 2019. Otra de las medidas que se instrumentan es la flexibilización de los embargos que le traba la Agencia de Recaudación a los contribuyentes con deudas tributarias en instancia judicial. Por tres meses, podrán levantar las medidas cautelares de las cuentas bancarias con solo formalizar un plan de pagos, sin abonar adelantos (antes debían cancelar el 10% del monto total de la deuda).

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