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La Ciudad |Lo aprobaron los senadores de la provincia

Extienden el horario de venta de alcohol en los comercios bonaerenses

14 de Diciembre de 2018 | 01:34
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La venta de bebidas alcohólicas en los comercios de Buenos Aires se extenderá de 21 a 23 horas durante los meses de verano, según una ley sancionada ayer por la Cámara de Senadores provincial, que ya había adelantado este diario.

Actualmente la ley 11.825 prohíbe la “venta, expendio o suministro a cualquier título y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta a partir de las 21 y hasta las 10 del día siguiente”.

El proyecto, que había sido elaborado por el diputado Guillermo Castello y el senador Lucas Fiorini, ambos de Cambiemos, no fue apoyado por la bancada de Unidad Ciudadana, que además reclamó que Diputados trate la ley de “alcohol cero” para conducir en menores de 21 años.

Castello explicó que con esta reforma “se vuelve a la redacción original de la ley, que había sido modificada en 2009 cuando se restringió el horario a las 21 horas”, y recalcó que en la Provincia “sólo los mayores de 18 años están autorizados a comprar bebidas alcohólicas”.

uniformes policiales

Por otra parte, los uniformes, distintivos o insignias que utiliza la Policía Bonaerense sólo podrán ser vendidos por comercios que estén inscriptos en un Registro Provincial, según otra ley sancionada ayer en la Cámara de Senadores.

La norma, que ya también fue adelantada por este diario, crea “el Registro Provincial de Personas Físicas y/o Jurídicas autorizadas a comercializar uniformes, distintivos e insignias oficiales” de la Policía Provincial.

Establece además que los comercios habilitados deberán registrar los datos de las personas que adquieran uniformes, distintivos e insignias oficiales y/o similares de la Policía de la Provincia de Buenos Aires para ser entregados a la Autoridad de Aplicación.

También están obligados a adosar en el caso del uniforme, “un código QR o similar en el que conste: nombre y apellido del policía comprador, número de legajo, grupo sanguíneo, nombre del comercio habilitado vendedor y fecha de adquisición del uniforme”. El objetivo de esta ley es evitar la confección de ropa apócrifa y combatir el delito cometido por falsos policías.

La ley impone además desde multas hasta la clausura definitiva de cualquier local que se dedique a la venta de estos elementos sin la correspondiente inscripción en el registro.

 

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