

La normativa alcanza a policía federal, gendarmería, prefectura y policía de seguridad aeroportuaria / EL DIA
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Sólo aplica cuando esté en riesgo la vida del efectivo o de otras personas y para garantizar la detención “de quien represente un peligro inminente”. Patricia Bullrich pedirá que todas las policías provinciales usen la normativa
La normativa alcanza a policía federal, gendarmería, prefectura y policía de seguridad aeroportuaria / EL DIA
Los agentes de las fuerzas federales de seguridad podrán usar armas letales frente a un delito sin necesidad de dar la voz de alto y sin agresión directa previa, según establece el Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego que fue publicado ayer en el Boletín Oficial.
La resolución 956/2018, firmada el 27 de noviembre por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y en vigencia desde el 28, dispone que en cumplimiento del deber los agentes usarán armas de fuego “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos”.
La funcionaria aseguró que el nuevo reglamento “va a generar confianza en la defensa de la sociedad” y cambia la antigua doctrina de que los policías “tenían que esperar a que el delincuente tire primero” para poder repeler una agresión. La normativa cobra especial relevancia a cuatro días de que se cumpla un año de que el policía de la Local de Avellaneda, Luis Chocobar, mató a un ladrón que escapaba tras asaltar y apuñalar varias veces a un turista estadounidense en el barrio de La Boca.
La resolución dispone que el uso de armas letales es válido por parte de las fuerzas federales de seguridad en “defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves” o “para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas”.
También “para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad” o “para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente”.
Así, los agentes podrán disparar sin dar la voz de alto o sin agresión previa.
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La normativa considera “peligro inminente” cuando “se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas”, o en caso de que “el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal”.
El mismo principio se aplicará “cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal”. En este último caso, “cuando integrase un grupo de dos o más personas y otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos, o haya lesionado a terceras personas”.
También cuando el sospechoso “trate de acceder a un arma en circunstancias que indiquen la intención de utilizarla contra el agente o contra terceros” o en caso de que “efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma”. La resolución establece además que ante el necesario empleo de armas, los agentes “deberán identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita” salvo “en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas”.
Tampoco es obligatoria la identificación como agente federal “cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil”.
Por otro lado, el artículo 4 impone que en “toda situación donde el empleo de las armas ocasione lesiones o muerte se procederá de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas afectadas”.
Además debe “comunicarse los hechos inmediatamente a la autoridad competente y la superioridad” para procurar “la supervisión judicial y la pertinente comunicación de los hechos a los parientes” de los involucrados.
Esta resolución alcanza a la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria, todas bajo jurisdicción del Ministerio de Seguridad.
Sin embargo, Bullrich adelantó que pedirá a todas las policías provinciales que utilicen la misma reglamentación.
“Establecimos una normativa objetiva que les va a permitir a las fuerzas de seguridad proteger a la gente y no estar pensando que si toman la decisión que tienen que tomar, van a terminar procesadas o encarceladas”, dijo Bullrich, quien agregó que con la anterior reglamentación, “los miembros de las fuerzas de seguridad no podían usar las armas para defenderse o defender a la gente, o para detener a un delincuente o para impedir que un delincuente se fugue”.
Siempre se dejaba a las fuerzas de seguridad en una situación de inferioridad. Es como que solamente podían repeler las hostilidades. Tenían que esperar a que les dispararan y, aún así, lo tenían que hacer de modo disuasivo”, indicó.
Para la funcionaria, “acá hubo una doctrina en la cual las fuerzas de seguridad solo tenían que esperar a que el delincuente tire primero. Esto es lo que ha llevado a que muchas veces uno dice: ‘van para atrás, no hacen nada, no ayudan a la gente cuando está en una situación difícil’”.
Según Bullrich, los fiscales y jueces tendrán ahora “un reglamento más claro e igual para todos” para poder legislar.
“Los reglamentos los dicta la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Seguridad, y no tendría que haber tantas confusiones ni injusticias de policías que han sido juzgados por cumplimiento del deber”, finalizó la ministra.
Entre los policías bonaerenses consultados por EL DIA se imponía ayer la cautela.
“En la Provincia sería muy complejo, porque hay que manejar cada caso en particular y las Fiscalías tienen posturas dispares”, dijo un jefe que pidió mantener su identidad en reserva. Y agregó, antes de concluir que “los extremos son malos”: “Han muerto varios muchachos pensando que los iban a meter presos por tirar”, pero “esto puede servir para que alguien sin criterio haga macanas”.
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