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Habrá multas para aquellos locales que, en 180 días de sancionada la norma, las sigan entregando. Ya había una ley provincial similar
Para hacer las compras en la Ciudad habrá que llevar bolsas propias o pagar por las de material biodegradable que venden en distintos comercios: ayer el Concejo Deliberante dio luz verde a una ordenanza que prohibe la utilización y entrega de bolsas plásticas no reutilizables en todos los locales platenses.
Si bien desde hace al menos dos años los grandes supermercados de la Región empezaron a “jubilar” a las bolsas de polietileno, y en la Provincia se sancionó en 2008 una ley que ordenaba una sustitución progresiva de los contenedores plásticos por material de menor impacto ambiental, la nueva normativa comunal alcanza a todos los rubros y establece sanciones -multas y clausuras- para quienes incumplan la ordenanza.
La iniciativa, presentada por el concejal de Cambiemos Julio Irurueta, fue aprobada por unanimidad en la novena sesión del año.
Entre otros fundamentos se resaltó que los plásticos son considerados “agentes nocivos en función del medio ambiente”. Se señaló que “la paradoja ambiental es que esas bolsas tienen un uso de pocos minutos y el planeta tarda por lo menos 200 años en degradarlas, lo que significa uno de los absurdos más relevantes de la vida contemporánea”.
El texto de la norma prohíbe en La Plata “la bolsa plástica no reutilizable de cualquier tipo y tamaño”. La prohibición, se aclara, “alcanza a la entrega y uso de la bolsa plástica no reutilizable fabricada a partir de polietileno de baja o alta densidad, o de las mismas características utilizadas para el acarreo o transporte de mercadería y adquirida en los establecimientos denominados hipermercados, supermercados, y comercios mayoristas y minoristas de cualquier tipo y rubro”.
En tanto, la ordenanza considera “bolsa reutilizable” a aquella que tiene un uso duradero y sus materiales se fabriquen a partir de todo material orgánico compostable. Los comercios deberán reemplazar las bolsas plásticas por la utilización de “bolsas larga vida, reutilizables y reciclables; bolsas plásticas biodegradables; o bolsas biodegradables confeccionadas con papel”.
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A su vez, la normativa crea el Programa “Bolsa Plástica cero”, que se llevará a cabo a los 30 días de sancionada la ordenanza con una campaña de difusión y concientización.
De esta forma, a los 60 días de sancionada la ordenanza, será obligatorio para los comercios tener en exhibición al alcance del público bolsas reutilizables, “las que podrán ser entregadas a los clientes sin cargo o vendidas a su valor de costo”.
A partir de los 180 días, quedará prohibida la entrega y el uso de bolsa no reutilizable en todos los comercios de la Ciudad.
En caso de incumplimiento se aplicará un apercibimiento mediante un acta, en la primera falta. En caso de reincidencia, se instituye una multa que será de 10 a 50 módulos ($2 mil a $10 mil) de acuerdo al tamaño del comercio y/o de la falta. De continuar en la infracción se aplicará la sanción de clausura del comercio.
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