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El Ministerio de Trabajo bonaerense aprobó ayer el protocolo de actuación y plan de contingencia frente al coronavirus para la actividad de los gestores aplicable en la emergencia sanitaria dispuesta en virtud de la pandemia.
Lo hizo a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, donde se dispuso que ese protocolo será de implementación obligatoria para los empleadores, y establece recomendaciones para su incorporación en la tarea cotidiana sobre higiene personal y grupal, uso del equipo de protección personal (indumentaria, protección facial plástica, barbijo, guantes), distancia entre los trabajadores, atención a los clientes, y medidas preventivas.
El protocolo establece “controlar la temperatura de los trabajadores previo a la entrada al trabajo, la cual no debe ser igual o mayor a 37.5º”, y señala que se deberá “usar de forma obligatoria el tapaboca nariz”.
Por otro lado, el documento sostiene que el empleador dispondrá de “todas las medidas para evitar aglomeraciones y controlar que los trabajadores mantengan la distancia de seguridad”.
También dispone que los equipos de protección personal (EPP) -cuya provisión estará a cargo del empleador- son individuales y no deberán compartirse.
El protocolo del Ministerio de Trabajo regula además los cuidados en el ingreso del personal, acciones de higienización, consulta al personal sobre su estado de salud y el de su familia, brindando asistencia al trabajador en caso de presentarse un caso sospechoso y contactando inmediatamente al sistema de salud.
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En paralelo, el texto establece la atención “solo con turnos”, que la zona de trabajo entre cada persona esté distanciada por dos metros y se aconseja la limpieza de acuerdo a las normas de higiene cada vez que finalice un turno.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires también aprobó ayer un protocolo de higiene y seguridad para la industria de cosmética, perfumería, higiene personal y limpieza.
Este protocolo, publicado en el Boletín Oficial, determina que se instalen “dispensers de sanitizantes para manos, alcohol en gel u otros, en lugares estratégicos de la planta”, pide controlar la temperatura de los empleados previo a la entrada al trabajo, “la cual no debe ser igual o mayor a 37,5º”, y establece que se deberá “usar de forma obligatoria el tapaboca nariz”.
Por otro lado, sostiene que los lugares de trabajo “deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección” y que se deberán “reforzar las medidas de higiene”, incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, pisos y “toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto”.
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