Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Cerca de 40 mil personas por año pierde su vida por muerte súbita. Con esa tremenda referencia,de tantas vidas que pueden ser salvadas a través de la masificación de la enseñanza de la Reanimación Cardio Pulmonar (RCP) y tener espacios públicos y privados con desfibriladores como elemento preventivo, se organiza una jornada nacional para el 26 de enero con la idea de visualizar una deuda que hay con la ley de muerte súbita, aprobada desde 2015, pero que aún aguarda ser reglamentada para ejecutarla.
Sergio Felice, platense, instructor internacional de RCP, encabeza la movida para que en todo el país a fin de mes diversas instituciones soliciten que se reglamente la ley 27.159, que obliga a instituciones públicas (escuelas, organismos públicos) y espacios privados (empresas, instituciones, entre otros) a contar con desfibriladores y personal capacitado en RCP en función de prevenir muertes súbitas, según contó el integrante de la agrupación Argentina Reanima.
“La reglamentación a la Ley 27159 de Muerte Súbita es un paso vital para disminuir la cifra de 40.000 argentinos al año que pierden la vida por esta causa en la oficina, hogar, escuela o vía pública. El 70 por ciento de esas muertes se da en compañía de otras personas”, apunta Felice.
La ley tiene por objeto regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular, y entre las funciones de la misma se encuentran promover la accesibilidad de toda la población a la resucitación cardiopulmonar y a la desfibrilación.
Remarcan que “el artículo 11 de la ley quita la responsabilidad penal a las personas que eventualmente puedan participar en alguna de las situaciones contempladas en la Ley ya que expresa que ninguna persona interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley, está sujeta a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas del cumplimiento de la misma”.
LE PUEDE INTERESAR
Desbordes cloacales, una pesadilla en distintos barrios
LE PUEDE INTERESAR
Efemérides
Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Básico Promocional
$120/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2250
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Full Promocional
$160/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3450
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2024 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro D.N.D.A Nº RL-2019-04027819-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí