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El juez no aceptó declarar inconstitucional el decreto por la cuarentena. Ahora debe resolver sobre la situación del Presidente
la foto del escándalo en olivos que dio lugar a una causa judicial
El juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, rechazó ayer el pedido para declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que el presidente, Alberto Fernández, estableció la cuarentena por la pandemia de coronavirus. Lo hizo al responder un planteo de la defensa de una de las imputadas en la causa por la celebración del cumpleaños de Fabiola Yáñez, que la Primera Dama festejó junto al propio jefe de Estado y amigos en la Quinta de Olivos, el 14 de julio de 2020. Entonces, el país seguía bajo las llaves del confinamiento obligatorio dispuesto por el Presidente y que, entre otras cuestiones, prohibía las reuniones sociales.
Las fotos y videos aquel escándalo se viralizaron a mediados de este año y sobre esa base se abrió una causa judicial que quedó en manos del juez Mirabelli. En este marco, Stefanía Domínguez, una de las invitadas (e imputadas) a la fiesta de Olivos, argumentó que el aislamiento que regía entonces era inconstitucional. Y eso fue lo que contradijo el magistrado, que también debe decidir si Fernández violó o no la medida que él mismo rubricó.
“No hacer lugar planteo de inconstitucionalidad formulado por el Dr. Mauricio Longin D´Alessandro, letrado defensor de Stefanía Domínguez”, escribió Mirabelli en su resolución y que “no se advierte prima facie la necesidad de invalidar los decretos de necesidad y urgencia cuestionados, toda vez que no aparecen irrazonables frente al caso concreto, a raíz de la posible colisión con otros principios constitucionales en juego, ni la defensa se ha ocupado de argumentar y demostrar dicha situación”. Agregó que “negar de manera absoluta la validez de la herramienta cuestionada sería privar a las autoridades ejecutivas de la posibilidad de cumplir con su mandato constitucional de proteger la salud pública”.
El juez recordó que el DNU vigente durante el cumpleaños celebrado en Olivos restringió “expresamente el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; los eventos públicos y privados de carácter social, cultural, recreativo, deportivo, religioso y de cualquier otra índole que implicaran la concurrencia de personas; los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes; el turismo y la apertura de parques y plazas; entre otras actividades”.
Pero advirtió que el Presidente “poseía amplias potestades para adoptar medidas de alcance general y uniforme, tendientes a impedir o mitigar la propagación, en salvaguarda de la salud pública” y concluyó “que las medidas complementarias del tipo del art. 205 del Código Penal (que castiga a quien ponga en peligro la salud pública) podían emanar válidamente de los decretos de necesidad y urgencia aquí cuestionados, ya que fueron dictados por la autoridad ejecutiva con arreglo al procedimiento previsto en la Carta Magna”.
Por eso Mirabelli entendió que no había lugar para el argumento de la defensa de Domínguez, que insistió en declarar la “inconstitucionalidad” de la cuarentena y pidió el sobreseimiento en la causa por “inexistencia de delito”, ya que “no se pudo determinar que ninguna” de las personas que participaron del festín en Olivos estuvieran contagiadas de coronavirus.
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El Presidente pidió más flexibilidad
Antes, el fiscal Ramiro Gonzalez se había pronunciado en contra de la inconstitucionalidad del DNU. Y después envió el caso al juez federal Sebastián Casanello para que resuelva, que se declaró incompetente y lo remitió a la justicia federal de San Isidro, que ayer resolvió.
El principal imputado en la causa es Alberto Fernández, pero también debe resolverse la situación procesal de Fabiola Yáñez y sus amigos Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel Esteban López, Fernando Consagra, Rocío Fernández Peruilh y Federico Abraham. Todos estuvieron en el festejo de la Primera Dama.
Mientras el juez sigue acumulando medidas de prueba, debe decidir sobre el planteo que en su momento hizo el Presidente, cuando pidió ser sobreseído por considerar que no cometió delito alguno y propuso una reparación económica al Instituto Malbrán durante cuatro meses. La Justicia, trascendió, podría definir antes de las elecciones del 14 de noviembre.
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