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Así lo dispuso el juez de garantías que interviene en la causa. Ocho de los acusados están presos y el restante, en libertad
Fernando Báez sosa
“Estamos muy conformes, y vemos una justicia objetiva”, dijo ayer la defensa de la familia de Fernando Báez Sosa, el joven asesinado a golpes en enero del año pasado en Villa Gesell, luego de la resolución que tomó el juez de Garantías de Villa Gesell, David Mancinelli. El magistrado elevó a juicio oral la causa por el crimen y dispuso que los ochos presuntos autores del hecho que siguen detenidos, más un noveno que había sido beneficiado con la falta de méritos por la fiscal de la causa, comparezcan en ese proceso judicial.
Los imputados son Máximo Thomsen (20), Ciro Pertossi (20), Luciano Pertossi (19), Lucas Pertossi (21), Enzo Comelli (20), Matías Benicelli (21), Blas Cinalli (19), Ayrton Viollaz (21), quienes cumplen prisión preventiva en la Alcaidía 3 del penal de Melchor Romero. En tanto, Alejo Milanesi (19) fue excarcelado. Los imputados como figuran en la causa como coautores del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”. Tras la elevación a juicio, la defensa de los rugbiers tendrá un plazo de cinco días para apelar la medida ante la Cámara de Dolores.
En tanto, el juez rechazó el pedido de la fiscal del caso, Verónica Zamboni, para que sea sobreseído Milanesi, imputado como “partícipe necesario”. Fuentes judiciales informaron que “hizo lugar al planteo de los abogados de la familia de la víctima (Fernando Burlando y Fabián Améndola) para que su eventual responsabilidad penal se defina en un debate oral”. En esa línea, destacaron que el juez consideró que en el caso del joven, el caudal probatorio “es menor que para los otros ocho” pero “no es suficiente para llegar a una certeza negativa en cuanto a que él no participó del hecho”. Los letrados que representan a la querella habían considerado que “si bien no hay videos que muestren” a Milanesi “pegándole a Fernando, ello no demuestra con el grado de certeza requerido para un sobreseimiento que no participó en un principio de la golpiza o inclusive del plan para darle muerte”.
En su requerimiento de elevación a juicio presentado el 17 de noviembre pasado, la fiscalía apuntó a los ocho detenidos como quienes “aprovechándose del estado de indefensión de la víctima, con el fin de darle muerte y cumplir con el plan acordado, le propinaron” en el suelo “varias patadas en su rostro y cabeza” y “se dieron a la fuga del lugar, pretendiendo lograr su impunidad”.
Por su parte, los abogados de la familia de Fernando manifestaron estar “muy contentos” e indicaron que “nosotros entendíamos que nos teníamos que poner en el rol de acusadores particulares e intentar resolver la situación de Milanesi en un juicio, y bueno, más allá de lo que dijo el defensor (Hugo Tomei) sobre los sobreseimientos y lo que dijeron los fiscales, el juez atendió nuestro pedido”.
Por otro lado, en su resolución el juez hizo lugar al sobreseimiento definitivo de Juan Pedro Guarino (19), quien también estaba imputado como “partícipe necesario” del homicidio, en línea con la solicitud realizada en ese sentido por Zamboni, con la que coincidió la querella. Asimismo, rechazó los planteos de la defensa de los rugbiers, a cargo de Hugo Tomei, para que se dictara la nulidad del requerimiento de elevación a juicio de la fiscal. El letrado había planteado el lunes último que la acusación presentaba una “imprecisa e insuficiente descripción de los hechos” y era “francamente deficiente para describir las conductas delictivas que pretende imputar”. Mientras que el juez rechazó también el pedido del abogado para que cesara la prisión preventiva de los jóvenes que siguen detenidos.
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De este modo, los nueves rugbiers que siguen imputados deberán enfrentar un juicio oral con un tribunal colegiado en el Departamento Judicial de Dolores, luego de que los propios acusados rechazaron la posibilidad de que el proceso se realice con la modalidad de un jurado popular.
Los acusados renunciaron a ser juzgados por un tribunal ciudadano porque consideraron que no era posible conformar un jurado que no estuviera condicionado, debido a “la incuestionable y lapidaria condena social que se instaló” a través de los medios, que “dieron a conocer distintas constancias del expediente y realizaron una intolerable saturación de imágenes contenidas en distintos videos que integran el material probatorio”.
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