Condenaron a 23 años y 4 meses de prisión al acusado de matar a Kim Gómez en La Plata
Condenaron a 23 años y 4 meses de prisión al acusado de matar a Kim Gómez en La Plata
Milei, con Adorni en Córdoba, prometió convertir a la Argentina en "el país más libre del mundo"
El paro universitario arrancó con varias facultades y colegios de la UNLP sin actividad
Vecinos denuncian falta de vacunas contra la gripe en La Plata y encienden alerta
VIDEO.- "Marteeen", "A ver Diego" y "Ahora o nunca Cani", los relatos más épicos de Marcelo Araujo
Desde Provincia afirman que "se abre una nueva etapa" con Kicillof al frente del PJ Bonaerense
¿Te perdiste EL DIA del domingo? Las noticias que otros medios eligen no mostrar
Provincia dio otro paso clave para hacer la revisión tarifaria de la luz
¡Un Oscar tras otro! La película de Anderson, la gran ganadora: uno por uno, todos los premiados
¿Cuándo cobran los jubilados del IPS sus haberes de marzo? Se conoció el cronograma completo
$Libra: manejo de "información privilegiada" y convocan a una conferencia de prensa
Un pediatra enfrentará un debate por abuso en el fuero penal platense
Ofrecimiento de personal y empresas para reparación de viviendas y service del hogar
Calor y amenaza de lluvias este lunes en La Plata: emiten alerta amarilla para el martes
Cómo descubrieron a Luciana Martínez, ex Gran Hermano: se conocieron más detalles de su detención
Ya avanzó 70% la obra de pavimentación de la Avenida 38 en San Carlos
Karina Milei mira más áreas de influencia de Santiago Caputo: ¿va por la SIDE y ARCA?
Una Ong platense cumplió el sueño a chicos que querían conocer el mar
El Gobierno lanzó un nuevo plan de retiro voluntario para los empleados de ANSeS
Pinamar eliminó la tasa vial municipal al combustible del 3%
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
ÁNGEL R. COLOMBO (CONTADOR) Y SABRINA E. CASTELLANO (ABOGADA)
Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
La ley nacional 27.617 –BO del 21/04/2021-, modificó el Impuesto a las Ganancias, cuarta categoría, para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Previó exenciones para: a) El salario de trabajadores dependientes, por bono por productividad, fallo de caja, o similares, hasta un monto equivalente al 40 por ciento de la suma de $ 51.967 y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración bruta no supere la suma equivalente a $300.000 mensuales, inclusive; b) El salario de trabajadores dependientes por suplementos particulares del personal en actividad militar; c) El S.A.C., cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma equivalente a $150.000 mensuales, ajustada anualmente por el coeficiente RIPTE del mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.
LE PUEDE INTERESAR
Tendencias de los mercados financieros
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
La deducción de $ 48.447 prevista para el cónyuge, será aplicable para integrantes de uniones basadas en relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente de 2 personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, del mismo o de diferente sexo. Sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles y se incrementará en una vez por cada hijo o hijastro incapacitado para el trabajo.
Solamente serán deducibles los gastos personales y de sustento del contribuyente
Para el caso de deducción especial, hasta una suma equivalente al importe que resulte de incrementar el monto de $ 48.447 por el cónyuge en: 1) una vez, cuando se trate de ganancias netas comprendidas en la tercera categoría del tributo, siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en la cuarta categoría. En esos supuestos, el incremento será de 1,5 veces cuando se trate de nuevos profesionales o nuevos emprendedores, en los términos que establezca la reglamentación. Es condición indispensable para el cómputo de la deducción, en relación con las rentas y actividad respectiva, el pago de los aportes que como trabajadores autónomos deban realizar obligatoriamente al SIPA o a la caja de jubilaciones sustitutiva que corresponda; 2) 3,8 veces, cuando se trate de ganancias netas por: a) desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y CABA, incluidos los electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos así como magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017; b) trabajo personal ejecutado en relación de dependencia y c) jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie si tienen origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas.
Las rentas por desempeño de los cargos mencionados y cuya remuneración y/o haber bruto no supere los $ 150.000 mensuales, deberán adicionar a la deducción precedente, un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c), de manera tal que será igual al importe que -una vez computada- determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero. No será de aplicación para remuneraciones originadas en regímenes previsionales especiales con tratamiento diferencial de haberes, movilidad de las prestaciones, edad y cantidad de años de servicio para obtener el beneficio jubilatorio.
Aplican las deducciones por las actividades: a) desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluye cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos; b) El mismo decimal se aplicará a magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017 y c) jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas serán reemplazadas por una deducción específica equivalente 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados, siempre que esta última suma resulte superior a la suma de las deducciones antedichas.
Solamente serán deducibles los gastos personales y de sustento del contribuyente y de su familia, salvo aquellos autorizados expresamente por esta ley.
Rige hasta el 30/09/2021 la exención de la ley nacional 27.549 con efecto exclusivo para las remuneraciones en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto liquidado en forma específica y adicional por la emergencia sanitaria del COVID-19, para profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada y recolectores de residuos. Finalmente, destacamos la vigencia retroactiva de la presente ley a partir del período fiscal iniciado el 01/01/2021.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí