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Marcha atrás: postergan la anulación de la cuarentena para los argentinos que viajaron al exterior por trabajo

Marcha atrás: postergan la anulación de la cuarentena para los argentinos que viajaron al exterior por trabajo
28 de Agosto de 2021 | 20:47

El Gobierno decidió postergar la anulación de la cuarentena para los argentinos que viajaron al exterior por trabajo, según lo anunciaron este sábado en el Boletín Oficial. La medida había sido confirmada por la directora de Migraciones, Florencia Carignano.

Abarcaba a las personas que estaban en el exterior pero, según figura en el Boletín Oficial, “la Decisión Administrativa N° 846/21 resultará de aplicación a partir del día 20 de septiembre de 2021″.

A través de la Decisión Administrativa N° 846/21, el Gobierno había establecido que “los argentinos y las argentinas y residentes en el territorio nacional que regresen de viajes laborales y/o comerciales queden exceptuados y exceptuadas de la cuarentena prevista” por el decreto que se impuso para controlar la propagación de nuevas variantes de coronavirus.

La excepción de cumplir la cuarentena "prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias" aplicará desde el 20 de septiembre a quienes hubieran "viajado al exterior por razones laborales o comerciales" y al "solo efecto de la reanudación de dichas actividades en territorio argentino", indica el primer artículo de la norma.

Para estar exentos, los interesados se deberán cumplir además "requisitos" entre los que se encuentran "acreditar esquema de vacunación completo, con una antelación de por lo menos 21 días a su ingreso al país".

Las personas vacunadas en territorio nacional lo consignarán en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones mientras que quienes se hubieran vacunado en el exterior, lo acreditarán con la documentación respaldatoria que adjuntarán a la declaración jurada.

Además, "adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen" realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antígenos exigido al ingreso al país, "deberán realizarse dos pruebas PCR, una al quinto día y la otra al décimo día, computados desde la realización del primer test, cuyos resultados deberán ser negativos". El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

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