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Buscan modificar la norma sancionada en 2020. La oposición plantea directamente la idea de derogarla
El Frente de Todos avanzó ayer en la Cámara de Diputados de la Nación con un proyecto de ley para modificar la actual ley de alquileres. La reforma contempla topes para el valor de los alquileres, beneficios impositivos para los propietarios y la posibilidad de aplicar un impuesto adicional a las viviendas ociosas.
“Esta Ley que proponemos modificar fue cuestionada hasta por sus mismos autores un minuto después de su aprobación. Pretendemos fortalecer y transparentar el mercado inmobiliario y sentar las bases para que, desde el Estado Nacional y los estados provinciales se delineen políticas públicas que faciliten el acceso a la vivienda de alquiler”, señaló el diputado José Luis Gioja, autor de la iniciativa.
Según trascendió, desde el oficialismo está previsto que haya otro proyecto, en el que trabaja la diputada Marcela Passo, ligada a Sergio Massa. Además, el interbloque de Juntos por el Cambio impulsa la convocatoria a una sesión especial -con fecha tentativa para el 5 de abril- para directamente derogar la normativa vigente, que viene siendo duramente cuestionada por los inquilinos ya que terminó generando los efectos contrarios a los que buscó y que disparó, por caso, el valor de los alquileres en las renovaciones.
La iniciativa impulsada por Gioja propone además que el precio inicial del alquiler de inmuebles destinados a vivienda tendrá un tope del 20% adicional al que corresponde con el ajuste anual y un 10% en el caso de la renovación de los contratos.
La iniciativa busca beneficiar a las personas registradas en el Régimen del Monotributo y plantea que, los que otorguen seguros de caución deberán aceptar tomadores de seguros que estén inscriptos en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo).
De esta manera, no podrán requerirles más que la constancia de inscripción y comprobantes de pago de los últimos seis meses, ni podrán cobrarles más que a tomadores que fuesen empleados en relación de dependencia, según el texto.
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Para atender la falta de oferta habitacional con destino al alquiler, Gioja propone que el Consejo Nacional de la Vivienda arbitre los mecanismos para diseñar y formular un plan para la construcción y adquisición de inmuebles por el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a la gestión pública de alquileres sociales.
Establece además la necesidad de elaborar un proyecto de ley para gravar en provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los inmuebles que podrían destinarse a la vivienda, y que se encuentran deshabitados.
Entre otras cuestiones, el proyecto establece que las sumas que los locadores facturen en concepto de alquileres podrán deducirse de los ingresos brutos anuales del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
Asimismo, plantea que los bienes inmuebles locados y registrados estarán exentos del impuesto sobre los bienes personales por cada año y periodo fiscal en el que estuvieran registrados los respectivos contratos.
Como se dijo, la normativa prevé topes para los valores de los alquileres. Así, en caso de renovación del contrato, el precio inicial tendrá como tope un 10% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por la ley actual. En tanto, el precio inicial del alquiler para vivienda tendrá como tope un 20% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto. Para conocer los valores anteriores a los que estuvo alquilada una propiedad y poder establecer el tope se hará público a través de AFIP, un registro de propiedades alquiladas y el valor de los contratos. “Se aplicará a todos los inmuebles que se hayan locado para vivienda en los últimos cinco años”, señala unos de los artículos de la iniciativa.
Además, si se aprueba este proyecto, la AFIP publicará en su página web el registro de inmuebles locados con destino de vivienda. Será de “acceso libre” y se consignará el domicilio del inmueble, la fecha de entrada en vigencia del contrato y precio de alquiler inicial. Esto permitirá a los inquilinos consultar a qué valor previo estuvo alquilada una propiedad.
Además, se establece que las provincias podrán aplicar impuestos a la vivienda ociosa con el objetivo de que haya más viviendas para alquilar en el mercado.
Por otra parte, habrá beneficios fiscales para locadores que registren los contratos en AFIP. En este caso, las sumas que los locadores facturen por los alquileres podrán deducirse de los Ingresos Brutos anuales del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo). Además, los bienes inmuebles locados y registrados estarán exentos del impuesto sobre los Bienes Personales.
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