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Información General |UN CAMBIO que no termina de imponerse de forma masiva

Ley de Genéricos: el nombre de la droga aparece apenas en el 30% de las recetas

A 20 años de que se sancionara la norma, la mayoría de las prescripciones médicas se hacen aún con la denominación comercial del fármaco. Las diferencias entre laboratorios

Ley de Genéricos: el nombre de la droga aparece apenas en el 30% de las recetas

La mayoría de las recetas aún se realiza con el nombre comercial / web

27 de Agosto de 2022 | 05:02
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Si bien mejoró el acceso a los medicamentos, después de dos décadas de sancionada la ley de prescripción por genéricos, sólo entre el 30 y 40 por ciento de las recetas tiene el nombre de la droga en lugar de la marca, en tanto que las diferencias de precios entre un laboratorio y otro pueden llegar hasta un 500 por ciento en un producto que tiene la misma calidad, seguridad y eficacia.

Sancionada el 28 de agosto de 2002, la Ley 25.649 llamada de “Promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico” surgió en un contexto de crisis social y económica en el que había serias dificultades en gran parte de la población para acceder a los remedios.

“En ese momento en las farmacias veíamos que había un 50 por ciento de las recetas que estaban caídas, es decir, que de la mitad de las recetas que se emitían la gente no podía comprar los medicamentos”, recordó Rubén Sajem, presidente del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (CeProFAr).

Sajem aseguró que “los medicamentos habían aumentado mucho sin control, la brecha de precios entre una marca y otra era grandísima pero los médicos recetaban exclusivamente por marca, entonces la persona que necesitaba el medicamento no podía elegir”.

En ese contexto, el entonces ministro de Salud Ginés González García impulsó una ley que tuviera como objetivo mejorar el acceso y brindar información al paciente. “El proyecto de Ley se basó en una experiencia que habíamos hecho antes en la provincia de Buenos Aires -recordó el ex ministro-; esto permitió que cuando pensamos la ley nacional, los medicamentos ya tenían en sus envases el nombre comercial pero también el del genérico y la implementación pudo ser inmediata. La Ley permitió por un lado la transparencia, que se puedan llamar a las cosas por su nombre, y por el otro al usuario poder pelear el precio porque si no tenía que pagar lo que el médico le prescribía. Fue muy difícil su sanción pero ganamos la batalla en la opinión pública porque se logró comprender que era una ley favorable a la gente”.

En esta línea se encuadra la mirada de Sajem, para quien “al principio hubo una adhesión casi absoluta porque se preveía que podía haber sanciones; además se hizo una amplia difusión de los beneficios de la ley y los pacientes comenzaron a exigir en las farmacias que se les dieran alternativas posibles de marcas de los medicamentos que contuviera el mismo principio activo”.

QUÉ DICE LA NORMA

La ley, que se encuentra vigente, establece que “toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/ unidad, con detalle del grado de concentración”.

Y añade que “la receta podrá indicar además del nombre genérico, el nombre o marca comercial, pero en dicho supuesto el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades”.
“Al principio había sanciones previstas y mecanismos que establecían que las recetas que no se ajustaran a la prescripción por nombre genérico iban a ser declaradas no válidas y anotadas en un libro de registro, esto no se llegó a implementar”, detalló Sajem. Según su perspectiva, una vez que se reglamentó “empezó a haber movimiento y lobby de los laboratorios y se trató de desarticular para que se deje de cumplir. Para 2010 ya no tenía la misma adhesión por parte de los médicos, se recetaba por marca, a veces sin incluir el genérico, y las marcas no se justificaban”.

Sajem indicó que “en 2015 se hizo el primer relevamiento cuando estaba como ministro (Daniel) Gollán y se lanzó una campaña de difusión sobre el derecho de los pacientes a recibir la receta con el nombre genérico, y eso dio un nuevo impulso”.
Actualmente, se estima que el cumplimiento de la prescripción por genérico ronda entre el 30 y 40 por ciento de las recetas. “Nunca ha habido ninguna sanción a los médicos u odontólogos que no cumplen con prescribir por nombre genérico, incluso hay profesionales que alguna vez han puesto que no se cambie la marca pero sin justificar el por qué”, dijo Sajem.

Este dato cobra relevancia si se tiene en cuenta que la brecha entre las marcas continúa siendo grande. Según el relevamiento del CeProFAr a junio de 2022, un antiácido como el omeprazol puede tener una diferencia de precios de hasta seis veces de una marca respecto a la otra mientras que en el caso de la atorvastatina, que se usa para el control de colesterol, puede ser hasta cuatro veces más cara.

Un antihipertensivo como el losartán podía encontrarse en el mercado a 982 pesos o a 3.218 pesos (más de tres veces más caro) y el enalapril variaba entre 763 y 2.008 pesos según la marca (unas 2,6 veces más).

Un ibuprofeno puede tener un precio dos veces mayor entre una marca y otra y lo mismo sucede con las aspirinas cuyo valor por 50 comprimidos en junio podría oscilar entre 172 pesos y 534 (tres veces más).

“Que la ley permita que aparezca el nombre comercial es un problema porque al leer un nombre se induce a la compra de esa marca y las marcas que se recetan, por lo general, son las más caras porque son las que el médico tiene presentes por propaganda, no porque haya alguna razón científica que lo justifique”, indicó Sajem.

Para González García, “si las obras sociales (tanto nacionales como provinciales) se ponen firmes en que hay que prescribir como dice la ley o de lo contrario no pagan, las farmacias no van a tomar recetas que estén mal prescriptas y los pacientes le van a reclamar a los profesionales. No es sólo una cuestión de precios, también es un derecho del paciente saber qué está tomando, por ejemplo si tiene que viajar o si se discontinúa esa marca; es decir, es importante que la persona sepa el nombre de la droga”.

Sajem, en cambio, insistió con la necesidad de “no incluir marcas en las recetas y establecer sanciones o advertencias a los médicos u odontólogos que no lo cumplan; y monitorear más de cerca el cumplimiento. Además, se necesita el apoyo del Estado en educación sanitaria, difusión de información y publicación de los precios, es muy importante que el médico sepa el precio de lo que está recetando”.

 

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