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La presión fiscal en la canasta básica cobra relevancia tras la apertura de las importaciones para algunos productos
La semana pasada, el Gobierno anunció que abrirá la importación de algunos productos de la canasta básica. La medida, se dijo también, llegará acompañada por ventajas fiscales para los importadores. El intento, se argumentó, es promover la competencia para, de esa manera, alentar una baja de la inflación en las góndolas.
Como era de esperar, la iniciativa cosechó todo tipo de críticas entre los productores locales, que temen una ola importadora y también reclaman por un alivio fiscal para morigerar los precios finales que terminan pagando los consumidores.
El pedido tiene sustento si se tiene en cuenta que el 43,9 por ciento del precio de los principales alimentos de consumo masivo lo explican los impuestos nacionales, provinciales y las tasas municipales. Así surge de un reciente informe elaborado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), que advirtió sobre esa “invisible” pero alta presión impositiva.
El análisis se llevó a cabo sobre nueve productos, por un valor actual de 50.064 pesos. De ese total, “se ha verificado una carga tributaria de $21.993, es decir, del 43,9% del valor de la compra”, advirtió el IARAF.
El estudio especifica que pueden agruparse dos categorías de alimentos de acuerdo al Impuesto al Valor Agregado (IVA) que los grava, y dos tipos de bebidas teniendo en cuenta las distintas alícuotas de impuestos internos. En cuanto a los referidos en base al IVA, precisa que los bienes Tipo I son alimentos que tienen una alícuota de IVA del 10,5 por ciento con una carga tributaria del 36,2 por ciento. En tanto, los Tipo II son alimentos con alícuota de IVA del 21 por ciento (aceite, arroz, fideos, galletas envasadas, mermelada) con una carga tributaria del 41,8 por ciento.
Por el lado de los bienes Tipo III y IV, el informe señala que son bebidas sin alcohol en los que, además de todos los tributos de los alimentos, hay que sumar los impuestos internos, que son del 4 por ciento para los del Tipo III (agua mineral y jugos) con una carga tributaria del 46,7 por ciento y del 8 por ciento para los del Tipo IV (bebidas gaseosas) con una carga tributaria del 48,1 por ciento.
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El informe asegura que “en la Argentina los productos alimenticios de consumo masivo que pasan por un proceso industrial de elaboración y por una cadena comercial de distribución, incorporan en su precio las retribuciones a los insumos, la fuerza laboral y rentabilidad empresarial; así como también tributos de los distintos niveles de gobierno”.
Los tributos considerados a nivel nacional son el IVA, Ganancias, Impuesto al cheque, Impuestos internos y las cargas de la Seguridad Social; a nivel provincial, el impuesto a los Ingresos Brutos y a nivel municipal la tasa de Inspección, Seguridad e Higiene.
El reporte aclara además que, según el tipo de productos, la carga tributaria puede variar entre el 36 por ciento y el 48 por ciento.
En ese sentido, en el informe del IARAF se puede observar el peso de los impuestos sobre algunos productos como el kilo de harina, donde sobre un valor final de 845 pesos, el consumidor estará pagando unos 305 pesos en concepto de impuestos. .
Para el caso de una botella de aceite de girasol a 1.150 pesos, 480 pesos se van en impuestos.
Mientras que en un paquete de medio kilo de arroz hay 747 pesos de gravamen en un ticket total de 1.790 pesos.
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