Sin micros y hartos de esperar: pasajeros se rebelan para poder viajar
Sin micros y hartos de esperar: pasajeros se rebelan para poder viajar
VIVO.- Se realiza la Asamblea en la UNLP para elegir presidente
Villa Elvira dio rienda anoche a los festejos por su 118º aniversario
VIDEO. En el barrio “Las diez manzanas” llevan 34 años luchando por el agua
Malvinas: polémica por el recuerdo de los soldados del Regimiento 7
Y vivieron felices por siempre: una pareja ya cumplió 59 años de amor
La agenda de espectáculos de La Plata, recargada: música, teatro, eventos y más
Sábado inestable en La Plata con humedad y chances de chaparrones
La agenda deportiva del sábado con toda la info: eventos, horarios y transmisión
Crimen de Néstor Copoletti: el jardinero acusado se negó a declarar
Piden informes sobre anomalías en el cobro de infracciones viales
Cartonazo por $4.000.000: los números que salieron hoy sábado con EL DIA
Preocupación en el oficialismo por el impacto que está teniendo el caso Adorni
Polémica por la prioridad para los porteños sobre los bonaerenses en CABA
Internas y sospechas detrás de una protesta de intendentes del PJ
El Banco Central sigue de compras mientras el dólar va por el tobogán
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Estas son algunas claves de la sentencia del Tribunal Supremo de España que condenó a nueve independentistas a penas de 9 a 13 años de cárcel por su papel en la tentativa de secesión de Cataluña en 2017.
“No basta la constatación de indiscutibles episodios de violencia para proclamar que los hechos integran un delito de rebelión”, concluyó el máximo tribunal, rechazando los argumentos de la fiscalía.
En su fallo de unas 500 páginas, los siete jueces constatan que los dirigentes separatistas no se sirvieron de la violencia en su búsqueda de separarse de España. En cambio, nueve de los doce procesados fueron hallados culpables de sedición por “movilizar a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuoso que, además, impide la aplicación de las leyes y obstaculiza el cumplimiento de las decisiones judiciales”.
El tribunal evocó la movilización del 20 y 21 de septiembre de 2017, cuando 40.000 personas se concentraron ante un edificio público en Barcelona, impidiendo a la policía judicial llevar a cabo con normalidad un registro. No hubo heridos, pero varios coches de la Guardia Civil fueron destrozados.
Estas movilizaciones, impulsadas por los dirigentes de las asociaciones independentistas ANC y Omnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, “crearon el ambiente coactivo e intimidatorio”.
Aunque encontraron “siempre elogiable” el compromiso con la no violencia de Cuixart y Sánchez, condenados cada uno a 9 años de cárcel, los jueces concluyeron que los dos empujaron a sus simpatizantes a oponerse a la ejecución de las decisiones judiciales.
LE PUEDE INTERESAR
Muy dividido, el secesionismo busca salir del estancamiento
Durante el referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, organizado pese a la prohibición de la justicia, “ciudadanos rebeldes” se mostraron “firmemente decididos” a no permitir a los agentes entrar a los centros de votación para confiscar las urnas. El tribunal vio “un levantamiento tumultuario para convertir en papel mojado -con el uso de vías de hecho y fuerza física- unas decisiones judiciales”. La policía se vio “obligada al uso de la fuerza legalmente prevista. El enfrentamiento entre ciudadanos y agentes de la autoridad derivó en lesiones que, en numerosos casos, exigieron asistencia facultativa”.
“No existe ninguna constitución europea que avale el ‘derecho a decidir’” la independencia a una región de un país, según la sentencia, que acusa a los separatistas de haber movilizado a sus seguidores en nombre de un “imaginario derecho de autodeterminación”. Para el tribunal, los ciudadanos catalanes fueron engañados en pos de una “quimera”. (AFP)
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí