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Policiales |OTROS PRESOS DECLARARON CONTRA EL ACUSADO

Se rompió un código carcelario y volvió a prisión por matar en una pelea tumbera

El homicidio fue en 2005, en la Unidad 9 de Villa Elvira. El imputado salió de prisión en 2008 y tras el juicio volvió a quedar preso

Se rompió un código carcelario y volvió a prisión por matar en una pelea tumbera

Una pelea de “bandas” derivó en un crimen en la unidad 9 / Archivo

31 de Diciembre de 2019 | 02:51
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En un fallo por mayoría, donde uno de los jueces destacó que “en 25 años en el cargo muy pocas veces vio un caso así, en el que se rompen los códigos tan peculiares del ambiente carcelario”, un ex convicto acusado y delatado por sus compañeros de celda por el crimen de otro preso, en el 2005, en la Unidad Penal 9 de La Plata, fue condenado a 11 años de prisión por homicidio, en un fallo que fue dado a conocer ayer.

Se trata de Adrián Esteban Alvarez Centeno (52), quien estaba en libertad y nunca había sido detenido por el crimen del preso Franco Mansilla (23), ejecutado de un “arponazo” (una especie de lanza metálica de fabricación casera) en el corazón.

Voceros judiciales consultados explicaron que Alvarez Centeno quedó libre en el 2008 y ese mismo año recibió un tiro en la cabeza al ser asaltado.

También explicaron que el ex convicto salvó su vida de milagro y quedó con algunas secuelas motrices, con dificultades para el desplazamiento y para hablar.

“UN SIMULADOR”

Sin embargo, durante el debate, a instancias de la fiscal de Juicio Helena de la Cruz Orsi, se le hizo al acusado una amplia pericia médica y psicológica, en al que se concluyó que era un “simulador” y que estaba en condiciones de someterse al juicio.

“UN CUCHILLERO DE PONCHO LARGO”

En ese sentido, un ex detenido de la Unidad 9, dijo ante el Tribunal, señalando al imputado; “este no era así, era una persona mala, andaba con un poncho largo, era cuchillero. Ese día (el del homicidio de Mansilla) quedaron varios lastimados, nos salvó la policía que tiró muchísimos tiros. Así como lo ven ustedes ahora, se hace el inocente, pero es malo”.

Ese testimonio fue reforzado por el de otros dos ex convictos que lo señalaron al acusado como el autor de la muerte de Mansilla. En esos relatos aseguraron que la víctima de este caso “no tenía problemas con nadie, era un muchachito desvalido que nunca había tenido problemas con otros internos”.

“SE ROMPIERON LOS CÓDIGOS”

Sobre esos testimonios, el juez Claudio Bernard, del Tribunal Oral en lo Criminal II de Plata, sentenció en su voto que “romper los códigos tan peculiares de este ambiente, quebrantar ese pacto de silencio basado en el miedo y la represalia del más fuerte son actitudes ponderables que en pocas ocasiones sucedieron en más de 25 años de juzgador. Por ello las resalto, las valoro y no se me pasan inadvertidas”.

EL HECHO

En su voto, el juez Bernard dio por acreditado que “en la tarde del 24 de octubre del 2005, en el interior del pabellón 11 de la Unidad Penal 9, de 10 y 76, un grupo de personas protagonizó un enfrentamiento mediante la utilización de armas de fabricación casera -tipo lanzas-”, indicó.

“En esas circunstancias -agregó- un interno atacó a otro, Franco Mansilla, causándole heridas en el pecho que le generaron la muerte”.

En el debate se ventiló que esa pelea era entre dos grupos antagónicos que se disputaban el control del penal.

“Los de la Capital Federal”, que en realidad eran provenientes del Conurbano, al que pertenecía el imputado y el de “Los pibes de La Plata”, se describe en el documento al que accedió este diario.

En medio de esa disputa quedó Mansilla, que fue asesinado de dos certeros “puazos” que le lesionaron el corazón.

Para graduar la pena impuesta, en el fallo se tuvo en cuenta como agravante “la pluralidad de intervinientes lo que colocó a la víctima en un mayor grado de indefensión”.

El voto del juez Bernrad contó con la adhesión de su colega Liliana Torrisi.

DISIDENCIA

La otra integrante del Tribunal, la jueza Silvia Hoerr, concluyó en su voto que en el juicio no se logró reunir prueba para acreditar la autoría del acusado, y que debía ser beneficiado por el principio jurídico que reza : “En caso de duda debe fallarse en favor del imputado”.

De esta forma, por mayoría, el Tribunal condenó al acusado y ordenó que quede detenido,

Así Alvarez Centeno fue esposado y llevado a una unidad del servicio penitenciario, tal como lo había solicitado la fiscal De la Cruz.

Por su parte la defensa hizo reserva de recurrir al Tribunal de Casación Penal bonaerense para que se revise este fallo y solicitó que el detenido sea llevado a una unidad en la que se puedan tratar las afecciones que padece el ahora condenado.

 

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