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❑.- La medida dispuesta solo aplica en los casos en que se estén realizando importaciones por mayor valor del que se ha ingresado, por lo que afecta a un 13% de las mismas. Estará vigente hasta el 31 de octubre y busca equilibrar los pagos con los bienes ingresados al país.
❑.- Se establece un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable.
❑.- Solo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior”, bajo dos condiciones.
❑.- En primer lugar, si en los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT” y si “existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en el punto a partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 30 días corridos subsiguientes.
❑.- Las nuevas medidas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) buscan separar las operaciones tradicionales de contado con liquidación con la compraventa de bonos de la nueva variante llamada dólar “Senebi”
❑.- Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera.
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