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La mujer que debió dar explicaciones en la Justicia por una fiesta clandestina que organizó su hijo a principios de marzo en su casa de La Plata, por lo cual recibió una multa de 700.000 pesos, aseguró que a raíz del caso sufrió un embargo de sueldo y que posiblemente no termine nunca de pagar la deuda.
“No lo voy a terminar nunca de pagar, porque no cobro esa plata ni la tengo”, dijo la mujer en declaraciones periodísticas.
En diálogo con la prensa la dueña de la casa de 49 bis entre 153 y 154 donde se desarrolló la fiesta clandestina, sostuvo que la determinación de la Justicia “duele porque quise hacer como un amparo para que me puedan ayudar para pagar, no me negué nunca a hacerlo. Pero ellos no te escuchan. Fui a todos lados”.
Sobre la fiesta ilegal que organizó su hijo, señaló que “fue por el cumpleaños de un amigo de él” y que “él me reconoció que estuvo mal y yo me hice cargo porque soy la dueña de la casa”.
De acuerdo con la información de ese momento, jóvenes que participaban del evento prohibido además habrían atacado a pedradas a los móviles de los agentes municipales que participaron del operativo para desarticular el evento prohibido.
En ese sentido, la mujer remarcó que tales hechos no ocurrieron en su casa, sino “en la calle, en la esquina”.
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Con respecto al embargo, la vecina dijo que “me quieren sacar la mitad de mi sueldo. Son varias cuotas (de 124 mil pesos), no lo voy a terminar nunca de pagar porque no cobro esa plata ni la tengo”
“Nunca me negué a pagar, solo pedí una extensión de cuotas”, enfatizó la mujer de Los Hornos.
La mujer concurrió al Juzgado de Faltas de La Plata por una fiesta clandestina que organizó su hijo de 21 años en el domicilio de ambos en 49 bis entre 153 y 154, en la localidad de Los Hornos, en donde según fuentes oficiales asistieron no menos de 100 personas.
Por resolución del Juzgado de Faltas N°4, la organizadora y propietaria del inmueble deberá abonar una multa de 2.000 módulos, equivalentes a $ 703.420, por incumplir las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles (Art. 45 de la Ordenanza n° 6147), por hacerlo durante el período de pandemia (Art. 45 bis) y por obstaculizar tarea de inspectores en uso de su poder de policía (Art. 35).
Como se recordará, días atrás, en otro caso, el juez federal Ernesto Kreplak procesó y dictó un embargo por 300.000 pesos, a cuatro imputados de haber organizado una fiesta clandestina en Abasto, a la que asistieron cerca de 500 personas, a fines del año pasado.
En La Plata los organizadores de fiestas clandestinas, según el Art. 104 de la Ordenanza N° 6147, deberán afrontar multas de hasta 2 millones de pesos; mientras que las juntadas masivas en viviendas particulares, edificios o barrios cerrados serán penados con multas de 1 millón de pesos -Art. 45 de la Ordenanza N° 6147-.
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