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La iniciativa modifica y deroga varios artículos de las leyes de Servicios Audiovisuales y de Argentina Digital
El Poder Ejecutivo envió ayer al Senado de la Nación un proyecto de ley para modificar aspectos de las leyes de Medios y de Argentina Digital, entre ellos, habilitar a las empresas de telefonía a proveer televisión satelital y obligar a las empresas a compartir su infraestructura callejera para que las pequeñas compañías puedan brindar servicios de telecomunicación.
El proyecto ingresó ayer en la Cámara alta y desde la comisión de Medios de Comunicación, que encabeza el peronista chubutense Alfredo Luenzo, adelantaron que el martes próximo, desde las 14, se aguarda la asistencia del ministro de Modernización, Andrés Ibarra, para dar detalles de la iniciativa.
Según se acordó, la intención es escuchar a Ibarra y luego, en las semanas siguientes, convocar a especialistas en telecomunicaciones y a empresarios vinculados con el sector para conocer su opinión.
La iniciativa modifica y deroga varios artículos de las leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual, que nunca llegó a aplicarse completamente, y de Argentina Digital, ambas sancionadas durante las presidencias de Cristina Kirchner.
El proyecto enviado por el Ejecutivo al Senado consta de doce artículos y, según sus fundamentos, pretende “eliminar barreras legales que restringen la competencia en materia de servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones” en particular referidas a infraestructura y a radiodifusión por suscripción.
Sin embargo, el ítem más importante es el que permite la posibilidad de que las telefónicas brinden servicios de televisión satelital.
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La decisión de modificar la Ley de Argentina Digital está basada en una decisión tomada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de diciembre de 2017, y por una resolución del Enacom de enero de este año.
La Ley de Argentina Digital, aprobada en 2014, dispone que los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual podrán brindar servicios de tecnologías de la información y la comunicación (TICs) “con excepción de aquellos brindados a través de vínculo satelital”.
Según los fundamentos del proyecto, “la distinción entre la radiodifusión por vínculo físico o radioeléctrico, por un lado, y la que se presta a través de medios satelitales, por el otro, resulta artificial, por lo que no se justifica otorgar un distinto tratamiento regulatorio a prestaciones que, en esencia y desde el punto de vista del usuario, resultan idénticas”.
El proyecto del Ejecutivo reseña que Defensa de la Competencia “identificó a los servicios de televisión por cable y televisión satelital como servicios sustitutos”.
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