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Declaran la emergencia sanitaria en Berisso por la acumulación de residuos

Es por el conflicto con los empleados municipales. El ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria 

Declaran la emergencia sanitaria en Berisso por la acumulación de residuos
19 de Marzo de 2019 | 16:11

El Intendente de Berisso Jorge Nedela declaró la "Emergencia Sanitaria en el Casco Urbano del Partido de Berisso, producto de la gran acumulación de desechos (residuos sólidos urbanos) en la vía pública", mediante el Decreto N° 287 con fecha del 19 de marzo.

En el artículo N° 1 de esta norma, se señala "la necesidad de lograr la mitigación de los efectos negativos para la población, el medio ambiente y la salud pública". En ese contexto se establece que "las dependencias municipales quedan al servicio de la Intendencia y sus respectivas secretarías, quienes coordinarán las tareas de emergencia, vehículos, personal e infraestructura necesarias". 

En los considerandos del Decreto, se detalla y explica cuáles son los perjuicios que esta situación, sostenida a lo largo del tiempo, conlleva para los vecinos, los espacios públicos y cómo la presencia de residuos en abundantes cantidades, podría generar el anegamiento de calles y obstrucción de conductos ante eventuales y fuertes lluvias.

En tanto que el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, dictó con fecha de este martes 19 de marzo, la Conciliación Obligatoria, ante la medida de fuerza que había convocado el Sindicato de Trabajadores Municipales. La medida se aplica por un lapso inicial de quince días hábiles.

El Ejecutivo local solicitó la intervención de la Cartera Laboral, bajo la consideración de que las acciones gremiales se desarrollaban a pesar de encontrarse abierta una negociación paritaria.

En este sentido el organismo provincial dispuso como respuesta a ese pedido: "Retrotraer la situación al inicio del presente conflicto, procediendo a la suspensión inmediata de las medidas de acción directas o indirectas y a abstenerse de adoptar cualquier otra que pudiera implicar una modificación directa o indirecta de las relaciones de empleo y del funcionamiento y/o prestación de los servicios a su cargo, debiéndose garantizar su normal y habitual desenvolvimiento por el término de quince días hábiles. Ello bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones prevista en la ley 10149".

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