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Marcelo Capello (*)
Con el argumento de los efectos sociales de la pandemia y la delicada situación de las cuentas fiscales, en el Congreso avanza una iniciativa para la aprobación de un impuesto extraordinario a la riqueza. El proyecto de ley, que crearía al “Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, ya recibió el dictamen de mayoría en la Cámara de Diputados y se encuentra en condiciones de ser tratado en una sesión ordinaria. Según cálculos oficiales, más de 9.000 personas serían alcanzadas por el nuevo tributo, y la recaudación superaría los $300.000 millones (1,1% del PIB).
El proyecto ha generado numerosas críticas, tanto en relación a sus deficiencias legales como a las consecuencias económicas que provocaría. En cuanto a las razones legales, una de las principales críticas que recibió la propuesta original fue que se vería afectado el principio de no retroactividad, ya que se tomaba como base imponible los bienes declarados al 31 de diciembre de 2019. Si bien este aspecto fue modificado y se aplicaría sobre los patrimonios a partir de la aprobación de la ley, se incluyó una norma antielusiva que habilita a la AFIP a controlar las variaciones patrimoniales de los 180 día anteriores a la entrada en vigencia de la ley, para evitar su posible elusión.
Sin embargo, persisten problemas de índole legal. Por ejemplo, porque se podría afectar el principio de no confiscatoriedad. Según estimaciones, al solaparse con el impuesto a los Bienes Personales, para los patrimonios más altos la alícuota efectiva acumulada podría resultar superior al 8%. Como es poco probable que se puedan obtener rentabilidades reales sobre activos de tal envergadura, no hay que descartar un fallo a favor de los contribuyentes que apelen contra el nuevo tributo. Es necesario recordar que existen también otros impuestos sobre el patrimonio a nivel provincial y/o municipal, resultando así una triple tributación sobre la misma fuente tributaria.
Pero más allá de los importantes argumentos “micro” contrarios al impuesto que se quiere aprobar, lo más importante de la discusión tiene que ver con la señal que generaría tal impuesto, de ser aprobado. ¿Señal sobre qué y hacia quiénes? Hacia todas las empresas y personas que aún no tienen claro el actual rumbo económico y político de Argentina. Rumbo respecto a la alineación política internacional del país, sobre la relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, sobre el respeto al derecho a la propiedad privada, sobre la forma en que se determinan los precios en ciertos sectores económicos no monopólicos, entre otras preocupaciones existentes, y que afectan la seguridad jurídica para hacer negocios en el país.
Aprobar un impuesto extraordinario a la riqueza no ayudaría, precisamente, a despejar las dudas sobre el rumbo económico de Argentina, en un país que necesita imperiosamente de inversiones, y que en el segundo trimestre de 2020 anotó una tasa de la inversión de solo el 9,5% del PIB, con una caída interanual del 38,4%, reduciendo así el stock de capital.
El posible nuevo impuesto tampoco ayuda como señal en un país que aumentó 11 puntos del PIB la presión tributaria entre 2000 y 2015, que ahora vuelve a subir 2 puntos del PIB entre 2019 y 2021 (proyecto de Presupuesto) y en que, normalmente, todo impuesto que nace como transitorio se vuelve permanente, en una conocida demostración de inconsistencia temporal.
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El posible nuevo gravamen sobre la riqueza no ayuda en un contexto en que las consultas de argentinos en la web acerca de cambiar la residencia tributaria a Uruguay aumentaron seis veces en 2020, respecto al promedio 2015–2019. Por supuesto, tampoco ayuda a que los argentinos, que desde hace varios años sacan sus ahorros del país, dejen de hacerlo.
En economía, es conocido que no siempre una medida de gobierno, aunque bien intencionada, logra el objetivo deseado, y que muchas veces hasta puede generar un efecto “boomerang”. Por caso, prohibir exportar carne para beneficiar a los consumidores internos, que algunos años después terminó en una fuerte suba de precios para los consumidores locales, una vez que cayó la oferta interna de carne. O leyes de alquileres que pretenden proteger a los inquilinos, pero que en los hechos terminan encareciendo los precios de los alquileres.
Dado el contexto actual de la economía, los eventos de los últimos 20 años, y las dudas sobre el rumbo futuro de la economía y del gobierno, con el nuevo impuesto que se está discutiendo en el Congreso podría generarse una situación similar: desincentivar adicionalmente la inversión, generar más salidas de empresas del país y que más contribuyentes argentinos deseen radicarse en otros países, de modo que en los hechos el impuesto extraordinario a la riqueza termine consolidando un aumento extraordinario en la pobreza.
(*) Economista IERAL. Opinión publicada en eleconomista.com.ar
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