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“En los casos de violencia de género hay quedado ampliamente demostrado que los rondines, exclusiones, restricciones y toda otra medida de la especie resultan inútiles para evitar el futuro acometimiento agresivo. Las leyes 12.569 de la Provincia de Buenos Aires y su modificatoria 14.509 y 26.485 de la Nación solo sirven para mitigar o interrumpir el proceso agresivo que invariablemente se reinicia a voluntad del victimario”, escribió con pocas horas de diferencia la fiscal en turno María Eugenia Di Lorenzo para pedir la detención efectiva de dos acusados de ejercer violencia de género contra sus parejas. “Dos de los muchos hombres que fueron demorados en la última semana”, reconocieron fuentes judiciales.
Uno de esos de esos casos tuvo como protagonista a un viejo conocido de las crónicas policiales platenses, Gabriel Emir “Chancho” Maldonado, demorado el último sábado por agredir a golpes a su concubina “mientras ella se encontraba indefensa” dentro de una vivienda de 99 entre 117 y 118, provocándole lesiones que fueron calificadas como leves, figura en la causa. Además, ya en la comisaría de Ponsati y para “amedrentar a la denunciante”, el acusado refirió “a la puta ésa la voy a matar”. En su pedido de detención, Di Lorenzo admite que “si bien no correspondería (el planteo) por la calificación legal sustentada”, la actitud desplegada por Maldonado, quien “en presencia del personal policial siguió amenazando” a la víctima, permite presumir que “no se sujetará a las reglas formales del proceso”, sumado a que “la experiencia transitada en la investigación de este tipo de delitos permite concluir que todas las medidas preventivas respecto de un nuevo contacto y agresión contra la víctima por parte del victimario resultan meramente temporales y de ninguna manera cautelares en relación a la protección de la agredida”.
De hecho, ya existía una prohibición de acercamiento a la chica que la justicia había ordenado en julio y venció en octubre, circunstancias que el sujeto aprovechó para “pegarle y amenazarla” cuando estaba indefensa en su casa, cita el pedido fiscal.
Pero lo más grave en esta historia es que el imputado tiene “múltiples antecedentes y condenas”, resalta la resolución, la última del 4 de septiembre de 2019, cuando el juzgado correccional 4 de La Plata lo sentenció a una pena de 1 año y seis meses de cumplimiento efectivo, declarándolo reincidente por segunda vez por una causa de 2018. Lo inquietante es que por ese entonces estuviera libre, considerando que en junio de 2016 lo habían condenado a 10 años y 6 meses de prisión en el juicio que ventiló la muerte de su ex pareja Mariana Condorí (20), quien en 2012 se ahorcó en su casa de Villa Elvira, desbordada por la violencia de género que sufría desde hacía años. En rigor, a Maldonado le aplicaron tres años por las “lesiones y privación ilegal de la libertad calificada por el empleo de la violencia, y amenazas” contra Condorí, y 7 años y medio por un robo. Pero en 2018, como se dijo, ya estaba imputado por un nuevo delito.
Con fundamentos parecidos, la misma fiscal pidió la detención de un sujeto acusado de lesiones leves contra su pareja, porque en la audiencia judicial la amenazó de muerte y hasta se resistió al arresto. El juez Agustín Crispo respaldó el planteo, por considerar que si el imputado era capaz de semejante actitud delante de la Justicia y la Policía, poco costaría imaginar el peligro al que quedaría expuesta la víctima si lo liberaban.
Los hechos ocurrieron el pasado 23 de noviembre en una vivienda de 519 entre 153 y 154, a donde fue la policía por un llamado al 911 y encontró al acusado discutiendo con una mujer que le recriminaba haberla golpeado y amenazado.
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“Me pegaste y me dijiste que me ibas a matar a mi y a toda mi familia”, señaló la mujer delante de la comisión policial. Cuando intentaron hacerlo subir a un patrullero para aclarar el asunto en la comisaría, el sujeto se negó e intentó huir, según consta en el expediente por lo que fue reducido por los uniformados a los que intentó agredir.
De acuerdo con el relato judicial, la violencia se habría disparado en el marco de un encuentro que el acusado y la denunciante tuvieron en la casa de un pariente donde la mujer dijo que fue tomada del cuello, golpeada y que le arrancó la ropa al tiempo que con una maquinita de afeitar le causó una herida en el labio. Para el juez, “es posible concluir que la medida cautelar aquí requerida resulta pertinente a fin de evitar en lo inmediato la reiteración de sucesos como los aquí investigados”.
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