
Las disputas que sobreviven luego de la presentación de las alianzas electorales en la Provincia
Javier Milei y Cristina Kirchner coinciden: no debe haber un tercero
¿Se quedó sin frenos? Un flete a "fondo" en una vereda de La Plata y un poste que evitó una tragedia
Un "cementerio de animales" en Los Hornos: denuncia y allanamiento "espeluznante"
El mapa de cortes y desvíos para los próximos días en La Plata
Di María volvió al fútbol argentino: ovación, lágrimas en el gol y lesión en el final
Al borde del llanto, Vicuña habló luego de que la China Suárez lo acuse de "mal padre"
Música, teatro, cine y más este sábado en La Plata: la agenda cultural
¿Buscás trabajo? Mirá estas ofertas de empleos en La Plata y la Región
Campeón en el Pincha, ganó las elecciones y será presidente del club que lo vio nacer
A solo $9.990 | Pedí "El Caballo Coco", un libro con sonido y para pintar
Mala tarde para los tres equipos platenses en el arranque de la segunda ronda del Top 12 de la URBA
¡Y dale con los aranceles! México y la Unión Europea sufren por Donald Trump
¡El avión se quedó sin combustible!: la increíble charla entre los pilotos antes de estrellarse
Fenómeno climático: para cuando alertan la posible llegada de una ciclogénesis en la Región
Moda & Coiffure: Silkey Mundial, el desfile más esperado por el mundo fashionista
VIDEO. Ladrones "solidarios" en Olmos: roban autos empujando para no hacer ruido
El 12 de julio es una fecha, la fecha histórica de Los Rolling Stones
Inflación: ¿cuáles son los productos que más subieron en el último mes?
La agenda deportiva de este sábado, súper recargada: horarios y tevé
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
MIGUEL H. E. OROZ (*)
Agentes públicos activos y jubilados de la Pcia. de Bs. As., pronto sentirán los efectos del Decreto del PEN 735/2020 (BO del 10/09/20), mediante el cual se establecieron nuevas pautas de distribución del dinero de la coparticipación y además se creó el Fondo de Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, que tendrá por objeto contribuir a sostener el normal funcionamiento de sus finanzas.
La inminente judicialización de la medida, tildada de inconstitucional, en tanto representa una nueva reconfiguración de los conceptos que integran lo coparticipable como el alcance y la mecánica de su asignación, obligará a poner los ojos –aunque esto no se diga- para verificar el cumplimiento de las obligaciones vigentes en el marco del Consenso Fiscal que se aprobó en el orden interno a través de la ley 15.079 (BO del 11/12/18) y que si bien posteriormente se intentó dejar parcialmente sin efecto, conforme da cuenta el art. 115 la ley 15.170 (BO del 10/01/20), en el punto tratado, quedó todo en pie.
La justicia provincial, a la par que reconoce un derecho, con su obrar incumple el Consenso Fiscal
En la parte denominada “Compromisos Comunes” (Punto I), el Estado Nacional, las provincias y la CABA se comprometieron en el ámbito de sus competencias, a arbitrar todos los medios a su alcance para tomar medidas en relación al Impuesto a las Ganancias, entre las cuales expresamente se mencionó: a) Derogar, con efecto a partir del 1º de enero de 2019, toda disposición (cualquiera sea su rango normativo) mediante la que (i) se establezca-directa o indirectamente- la exención total o parcial o la deducción de la materia imponible del impuesto a las ganancias, excepto las establecidas en la Ley del Impuesto a las Ganancias u otras leyes nacionales, del importe percibido por empleados o funcionarios públicos nacionales, provinciales o municipales en concepto de gastos de representación, viáticos, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo y cualquier otra compensación de similar naturaleza, cualquiera fuere la denominación asignada; o (ii) se caracterice como gastos de movilidad, viáticos u otras compensaciones análogas ítems abonados a los empleados o funcionarios públicos de los poderes ejecutivos nacionales, provinciales o municipales que no se correspondan con la definición de esos conceptos que surge de la normativa laboral nacional y de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
Pese a lo expuesto, sectores muy importantes de la administración provincial, con escalas salariales elevadas (Poder Judicial, Honorable Tribunal de Cuentas, Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado, Tribunal Fiscal de Apelación, entre otros) mantienen subsistentes normativas reglamentarias que excluyeron conceptos que integran sus haberes, para que no integren la base imponible y por ello, no pagar o reducir los montos que deben sufragar por el Impuesto a las Ganancias. Actualmente, cuando se liquidan los haberes, el tributo –en caso de alcanzarse o superarse el mínimo imponible-, sólo se calcula sobre el denominado sueldo básico.
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
LE PUEDE INTERESAR
Ciencias Económicas
Claro que cuando ese mismo agente o funcionario se jubila, la situación se invierte, pues el Instituto de Previsión Social en cumplimiento de normativas nacionales, en su condición de agente de retención, pasa a liquidar el tributo sobre el total de los conceptos. Esta situación de tratamiento desigual injustificado, motivó la proliferación de numerosos pleitos en el Departamento Judicial de La Plata, donde se han dictado medidas cautelares que impiden a la entidad previsional seguir reteniendo como lo venía haciendo, y se le ha ordenado solo considerar a tales efectos, el haber o sueldo básico.
Se están cometiendo varios errores a la vez, que traerán consecuencias gravosas. En primer lugar, porque la justicia local es manifiestamente incompetente en razón de la materia y por la condición del sujeto titular de la relación jurídica sustancial (hay antecedentes en la justicia federal); en segundo término, porque lo pretendido y lo actuado está en pugna con una normativa de rango superior y naturaleza intra federal. Finalmente, porque representa un enorme riesgo, pues la cosa juzgada jamás se podrá oponer a la A.F.I.P., que en ningún caso fue traída a juicio y de ser citada, deberá litigar ante el fuero federal.
La justicia provincial, a la par que reconoce un derecho, con su obrar incumple el Consenso Fiscal. Si bien es injusto que el salario y las jubilaciones paguen el tributo de modo generalizado, sin hacerse distinciones, mientras el Congreso Nacional ignore la exhortación efectuada por la CSJN en la causa “García, María Isabel”, la A.F.I.P., realizará los ajustes de oficio contra el agente y el jubilado, cambiará el agente de retención y la Provincia de Buenos Aires tendrá un nuevo agujero fiscal, porque lo no retenido se lo cobrarán deduciéndolo por vía de la coparticipación. Lo que recibe por un lado, lo perderá por el otro. El final está cantado.
(*) Abogado de la Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$670/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$515/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí