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La AFIP comenzará a reintegrar en los casos que corresponda la percepción que se comenzó a cobrar en septiembre del año pasado
La AFIP comenzará a partir de este mes a devolver la retención del 35% que rige desde el 16 de septiembre a cuenta del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto a los Bienes Personales para quienes hubieran comprado dólares para atesorar.
Recordamos que a partir de esa fecha, el Gobierno nacional, endureciendo el cepo cambiario, agregó esa percepción al 30% que ya cobraba bajo la denominación de Impuesto PAIS, lo que hizo que el dólar al que la gente puede acceder (con muchas otras restricciones, entre ellas el tope de hasta 200 dólares por mes) se encareciera en un 65%.
La devolución será para aquellos que hayan comprado divisas y no estén alcanzados por cualquiera de estos dos impuestos o también a los que sean contribuyentes pero que lo retenido supere lo que les corresponde.
¿Quiénes podrán hacer el trámite para percibir el reintegro? Trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, jubilados y todo aquel al que el sistema se lo permitió y no esté alcanzado por Ganancias y Bienes Personales y quienes sí sean contribuyentes pero que lo que les hayan retenido sea mayor a lo que les corresponde tributar.
¿Cómo se efectivizará el reintegro? En el caso que corresponda, se hará de manera directa en la cuenta bancaria del contribuyente.
¿Cómo es el trámite?
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1) Deberán ingresar al sitio de la AFIP con clave fiscal nivel 2 y habilitar el servicio "Mis retenciones"
2) Ingresar a su cuenta (para lo que se requiere el CUIL y la clave fiscal) y seleccionar la opción "Administrador de relaciones de clave fiscal"
3) En la nueva página que se abra elegir "Nueva relación" y luego "Buscar"
4) Se desplegará un listado con el logo de la AFIP en el que tendrá que optar en "Servicios administrativos"
5) Entre los servicios que la AFIP ofrece hay que seleccionar donde dice "Mis retenciones" y confirmar la adhesión a la relación
6) Posteriormente el contribuyente tendrá que completar un formulario con sus datos personales y elegir la retención a consultar. Ahí deberá elegir por la percepción del tributo asociado al "Impuesto PAIS" y luego seleccionar las fechas.
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