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Bien se calificó el femicidio de la joven Úrsula Bahillo, de apenas 18 años de edad, como la crónica de una muerte anunciada. Una crónica que fue escribiendo la propia víctima, que pidió protección varias veces a la policía, denunció y visibilizó el hostigamiento y las amenazas en las redes sociales y que le anticipó a una amiga que iba a ser asesinada por Matías Ezequiel Martínez (25), efectivo de la comisaría 2ª de San Nicolás, que contaba con licencia bajo carpeta psiquiátrica y con la perimetral dictada, una medida que volvió a demostrar su absoluta ineficacia.
El episodio sucedió en la ciudad de Rojas, ubicado en el noroeste de la Provincia, pero pudo haber ocurrido en cualquier otro lado. De hecho, es lo que sucede habitualmente. Mujeres golpeadas, que fueron amenazadas y que denunciaron su situación ante las autoridades policiales, terminan siendo atacadas y en ocasiones eliminadas por quienes estaban acusados por episodios anteriores y que, sin embargo, permanecían libres, sólo esperando para volver a atacar.
La crónica policial de los últimos años contiene nutridos antecedentes sobre casos de personas que -o bien presos y alcanzados por prisión domiciliaria u otros beneficios; o bien sin condena, en libertad y con medidas tales como la tobillera electrónica o las restricciones perimetrales, entre otras fórmulas procesales que los favorecen- vuelven a delinquir en episodios que, en algunas ocasiones, incluyen asaltos violentos con víctimas o tiroteos con la policía.
Personas acusadas o condenadas, algunas de ellas, por delitos graves y que gozan de este tipo de medidas excepcionales, como la de recibir algunas ventajas especiales en las cárceles, quebrantan las condiciones y vuelven a delinquir.
En cuanto al femicidio y a los delitos de violencia de género, es muy común que personas a las que les dictaron la llamada restricción perimetral, incumplen también con esa medida, hostiguen y vuelven a atacar a sus parejas.
En el caso aquí analizado, la anterior pareja del femicida, de la misma ciudad de Rojas, también lo había denunciado por agresiones ante la Justicia y en las redes sociales, donde relató todo lo ocurrido el día que él habría intentado asesinarla frente a los hijos de ella. La mujer, Belén de nombre, confirmó que el agresor estaba con carpeta, que era “protegido” por la institución y acusó a sus compañeros de “cómplices”.
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La primera mujer había hecho lo mismo que hizo Úrsula: fue a la comisaría de la Mujer y al acosador -ahora el homicida detenido- le dictaron una restricción perimetral. Sin embargo, nada de eso sirvió. “A pesar de la restricción, cuando me lo cruzaba, él hacía todo lo posible para pasar por delante de mí varias veces y yo tenía que ir haciendo zigzag por las calles para escaparme”, contó ayer.
Los legisladores, siempre dispuestos a la hora de aprobar beneficios procesales -y, desde luego, las autoridades penitenciarias que los administran- debieran revisar detenidamente los sistemas alternativos de ejecución de condena y las medidas de prevención, que pueden ser intrínsecamente buenos, pero que resultan vulnerables y, en la práctica, muchísimas veces son desvirtuados. Se usa de ellos para volver a delinquir.
Los antecedentes demuestran que, sin un monitoreo continuado, medidas como la de la restricción perimetral -cuando de lo que se habla es de delitos graves, contra la vida e integridad física de las víctimas- carecen por completo de sensatez. Y la clave no sólo debe estar en la eficacia del monitoreo, sino, antes que ello, en la probada resocialización de las personas a las que se le aplican estas medidas de restricción. Lo cierto es que las restricciones perimetrales no ofrecen ninguna protección.
Sea como sea, resulta inexcusable -carente de la más mínima explicación- que una joven mujer termine asesinada por la persona a la que había denunciado en numerosas oportunidades. Ahora le imputan al agresor el delito de “homicidio calificado por violencia de género (femicidio)”, que prevé la pena de prisión perpetua. Pero eso tampoco le devolverá vida a la joven víctima.
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