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Muchas veces la persona no es notificada de la infracción y se entera cuando tiene que renovar el registro o vender el vehículo
Es común que aparezcan al momento de tener que renovar el registro o vender el vehículo y no dejan de ser una molestia, tanto por lo económico como por el trámite. Pero son muchos los que se encuentran que al momento de solicitar el libre deuda en sistema les figura alguna infracción de tránsito y jamás fueron notificados al respecto.
El no haber recibido ninguna notificación y el tiempo que generalmente transcurre entre la supuesta infracción y que el infractor toma conocimiento suelen disparar dudas respecto de cómo proceder, en especial cuando se debe realizar algunos de los trámites mencionados anteriormente.
Por eso acá va una serie de tips para saber si se hay alguna multa pendiente de pago y qué hacer en esos casos.
- Consultar si se tienen multas impagas en algún distrito del país. La mayoría de las provincias y municipios brindan la posibilidad de consultar de manera on line si existe alguna infracción.
En La Plata se puede consultar en Municipalidad de La Plata tanto por patente como por DNI de la persona.
En provincia de Buenos Aires, la consulta se puede realizar a través de infraccionesba.gba.gob.ar también por dominio o documento.
Para consultar en Ciudad de Buenos Aires se debe ingresar a buenosaires.gob.ar/consulta-de-infracciones y realizarla sea por DNI o por patente.
En el caso de haberse ido de vacaciones, por ejemplo a la provincia de Córdoba, se puede ingresar a rentascordoba.gob.ar. Si la escapada fue a la provincia de Mendoza, el sitio es mendoza.gov.ar, mientras que para la provincia de Santa Fe hay ingresar en santafe.gob.ar, en tanto que para chequear si existe alguna infracción en la ciudad de Rosario, se puede hacerlo desde rosario.gob.ar.
Si se trata de una infracción que incluye una foto, el acta debe contar con la siguiente información:
* Datos del Municipio que realizó la multa.
* La fecha exacta en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año) el lugar preciso (ruta y kilómetro).
* La velocidad máxima permitida y la velocidad a la que presuntamente circulaba el vehículo (en km/h).
* La firma de la autoridad pública interviniente.
* Todos los datos del cinemómetro o radar utilizado para constatar la presunta falta: la marca, el modelo o código de aprobación, el N° de serie y el número de disposición de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) que autorizó la utilización de ese artefacto.
* La matrícula habilitante del operador del radar, otorgada por ANSV.
* Los datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo competente.
Un dato muy importante es que si la multa es por exceso de velocidad debe consignar la marca y el modelo de radar, su homologación y la última fecha de calibración, ya que de no figurar se puede cuestionar la multa argumentando que el aparato podía estar descalibrado al momento de haber captado la infracción.
No menos importante es corroborar que los datos del titular y del vehículo que figuran en el acta sean correctos y estén bien escritos, y que también se explique cuál es la infracción que se cometió, la legislación que se le aplica y los plazos para realizar el descargo.
La autoridad de control tiene 60 días hábiles para notificar al conductor de manera fehaciente la multa, ya que pasado ese plazo la comunicación carecerá de validez. Y si se tratara de exceso de velocidad en una ruta la notificación debe ser casi inmediata, más precisamente hasta 10 kilómetros más adelante de donde estaba ubicado el radar. La normativa especifica que no pueden sólo hacer la multa y luego enviar la notificación al domicilio, sino que deben detener al conductor cerca y ponerlo al tanto de la infracción.
Si el acta no consigna todos los datos obligatorios o el conductor considera por algún otro motivo que la infracción no es válida, puede ejercer el derecho de defensa a través de un descargo. En el sitio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) hay un listado de varios juzgados de 21 provincias.
Es importante aclarar que cuando el infractor vive a más de 60 kilómetros del lugar de la infracción el descargo puede hacerlo de manera on line, y en ese caso también en la página de la ANSV hay modelos de notas para presentar como descargo.
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