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El Colegio local salió a cuestionar que los jueces fijan esos ingresos por debajo del mínimo que marca la ley
El colegio de la abogacía, reclama por los honorarios en juicio / EL DIA
En términos formales, en los bufetes de la abogacía debían estar de festejo ayer. Sin embargo, la ocasión, un nuevo aniversario de la vigencia de la Ley de Honorarios 14.967, que fija valores a la tarea de esos profesionales en los juicios, dio el marco para un reclamo por el bajo nivel de esa retribución que fijan los tribunales judiciales de la Provincia.
El Colegio de la Abogacía de La Plata advirtió sobre una situación compleja, “ya que existen regulaciones de honorarios inferiores al monto del Ius previsional, alejadas de la base regulatoria, lo que constituye un absurdo inconcebible, de absoluta discrecionalidad y arbitrariedad judicial, que causa gravísimos daños no sólo y fundamentalmente a los abogados y abogadas sino también a la Caja de Previsión Social, al fisco nacional y provincial al disminuir sus aportes y tributos”, manifestó la presidenta Rosario Sánchez.
La norma se dictó a mediados de 2017 con la finalidad de “remediar situaciones de inequidad que afectaban gravemente la dignidad de la abogacía como profesión y como misión pública”, se explicó desde el colegio platense.
El esquema pone en manos de las juezas y jueces la decisión sobre lo que le corresponde cobrar a los abogados y abogadas por su labor de patrocinio a clientes que llegan a un juicio, en cada uno de los fueros del sistema judicial. Según se detalló, la unidad Ius tiene un valor de 5.787 pesos, un monto que se obtiene de un nomenclador basado en la escala salarial del Poder Judicial.
Según sostuvo la titular de la entidad, “la Ley establece un mínimo de 7 Ius arancelarios por la labor judicial”. Eso estaría alejado de la realidad que se describe. “Acabo de recibir a una abogada que intervino en un juicio donde estaba en juego un capital de 452 mil pesos y le fijaron 3 mil de honorarios”, graficó.
Se señaló que el alcance de la Ley de Honorarios puede conjugarse con la aplicación del artículo 1.255 del Código Civil, que establece también la potestad de fijar honorarios. Eso, se argumentó desde el Colegio, aparece como una herramienta de control sobre el pago cuando el monto del capital en juego (en el litigio), por ejemplo, está por debajo de lo que daría la cuenta de los 7 módulos de Ius.
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Sánchez añadió otro reclamo en relación con la falta de explicaciones: “Entre las obligaciones (de los jueces) está fundar por qué lo hacen”.
Ante el cuadro, insistió: “Solicitamos se respete la ley que regula nuestro ejercicio profesional, y se establezcan remuneraciones acordes a la realidad económica del país”.
El planteo, se apuntó, tiene antecedentes cercanos por los honorarios en las diferentes formas de ejercicio: abogados de parte, mediadores, abogados de menores y asesores y defensores Ad Hoc (personas sin recursos). “El Colegio reclamó en los fueros y creó un observatorio”, dijo Sánchez y añadió que “es difícil llegar a la Suprema Corte por la materia de honorarios, pero cuando se ha llegado estableció mínimos que no se pueden vulnerar”.
La dirigente consideró que se requiere de un cambio de mayor envergadura: “Tenemos que empoderarnos como abogadas y abogados para, de acuerdo a la norma, conversar y determinar los honorarios con nuestros clientes”.
Así las cosas, aseguró que “continuaremos este camino en forma sostenida y constante. Los abogados somos actores indispensables para el servicio de justicia, debiendo consecuentemente respetarse nuestro trabajo y dignidad profesional”, expresó Sánchez. Se indicó que la labor profesional también tiene honorarios fijados por la tarea extrajudicial.
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