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El momento de la detención de Juan Ignacio Buzali / Web
Liliana Andrea Sedler es psicóloga y había sido seleccionada para que participe en el peritaje de esa especialidad que fuera ordenado en la causa que tiene con arresto domiciliario a Juan Ignacio Buzali, el esposo de la legisladora nacional Carolina Piparo, que está acusado por atropellar a dos jóvenes con su auto, el 1° de enero de 2021.
La profesional llegó a aceptar el cargo, nombrada por la defensa, pero una denuncia del representante del particular damnificado, que le enrostró un ejercicio ilegal de la profesión, en los términos del artículo 247 del Código Penal, la dejó afuera del caso.
En realidad, según explicó la profesional en diálogo con este diario, ella está colegiada en Morón y para poder desempeñar funciones fuera de su ámbito jurisdiccional, se debe realizar un pedido de extensión de matrícula.
Sin embargo, aclaró, no pensaba poner un consultorio, o montar un espacio para poder desarrollar sus actividades, sino participar de una tarea específica. “Como pasó infinidad de veces en otros departamentos judiciales, que autorizaron sin problemas ese tipo de labores”, mencionó.
En esta oportunidad, ingresada la petición del abogado que representa a las víctimas, no pudo intervenir como experticia, mientras se daba inicio a una investigación en la fiscalía del doctor Juan Cruz Condomí Alcorta, que finalmente decidió su archivo por falta de elementos de cargo.
“Que de la lectura de la misma no surge, a juicio del suscripto, la configuración de hecho ilícito alguno”, destacó el fiscal.
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“Que el Sr. Fiscal de Cámaras, en uso de las facultades reglamentarias otorgadas mediante la Resolución 492 de la Procuración de nuestra SCBA, dictó la Resolución n2 20/15 que prescribe, en lo que aquí respecta, que “...1) Corresponde aplicar el instituto de la desestimación de denuncia -art. 290 del CPP-, cuando se advierte la imposibilidad de iniciar o continuar con la investigación porque el acontecimiento no constituye delito o porque existe imposibilidad de proceder, siempre que no se haya recibido la declaración a tenor del art. 308 del CPP al denunciado...”, agregó.
Ante esa situación, Condomí Alcorta desestimó la presentación y la mandó al archivo, “sin perjuicio de la facultad otorgada a la víctima en el art. 83 inc. 8° del mismo cuerpo legal en caso de existir nuevos elementos probatorios que ameriten la prosecución de los mismos”, señaló.
Cabe destacar que el expediente que tiene imputado a Buzali, que espera el desarrollo del juicio oral por el delito de “tentativa de homicidio -dos hechos-”, quedó radicada en el tribunal de Ramiro Fernández Lorenzo, Cecilia Sanucci y Silvia Hoerr.
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