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Política y Economía |Cómo se aplica y quien puede adherirse

Moratoria previsional, sin marcha atrás

3 de Abril de 2023 | 02:30
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Pese a las exigencias del Fondo Monetario Internacional (FMI), el Gobierno no dará marcha atrás con la moratoria previsional que, según aprobó el Congreso por ley, permitirá que se jubilen más de 800.000 personas que no cumplen con los años de aportes establecidos para obtener el beneficio.

La medida le valió a la Casa Rosada un llamado de atención del FMI, que el sábado aprobó un nuevo giro por 5400 millones de dólares: “El costo fiscal de la nueva moratoria de pensiones debe mitigarse a través de regulaciones estrictas para apuntar la entrada solo a aquellos con mayor necesidad”, expresó el organismo internacional de crédito en un comunicado firmado por Gita Gopinath, primera subdirectora gerente del Fondo.

Sin embargo, desde el Ministerio de Economía que conduce Sergio Massa aclararon que “no hay ninguna posibilidad” de revisar la ley ya promulgada y reglamentada el último viernes.

Los detalles de la medida

La iniciativa establece un plan de pagos para miles de aportantes al sistema que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos para obtener la jubilación y la obra social. La ley diseñada por el Ejecutivo contempla, sobre todo, a personas que llegaron a la edad de jubilarse (60 años en las mujeres, 65 en los hombres) pero que por distintas razones no completaron los aportes necesarios para lograr el beneficio del Estado.

Otro punto clave de la reglamentación es que una persona que tenga ingresos o bienes que superen las pautas de la evaluación socioeconómico establecida podrá jubilarse pero pagando el total de la deuda de la moratoria en una sola cuota. Una condición que rige también para las pensiones contributivas, por ejemplo por viudez, en el caso de que cobren un pensión superior al haber mínimo.

Para ingresar a la moratoria, además, los solicitantes no podrán comprar moneda extranjera por el plazo de 12 meses.

En tanto que antes de otorgar el beneficio, la ANSeS evaluará la situación socio patrimonial del o de la solicitante sobre la base de un conjunto de parámetros (como ingresos, bienes, gastos con tarjetas de débito/crédito, bienes personales, etc).

En caso de cumplir con esos requisitos, podrá cancelar la deuda por los años de moratoria en hasta 120 cuotas, deducibles del haber previsional. Pero si excede esos parámetros, deberá pagar la deuda en una sola cuota.

De manera que una persona que cobra una pensión contributiva, por ejemplo por viudez, y sólo el haber mínimo, si ya tiene 60 años o más o está por cumplir los 60 en el caso de las mujeres o 65 o más años los varones, podrá jubilarse a través de la nueva moratoria. En ese caso, seguiría cobrando la pensión más la jubilación, menos la cuota de la moratoria durante hasta 30, 60 o 120 meses, según el plan.

Mientras que si la pensión es mayor al haber mínimo también podrá jubilarse, pero solo pagando la moratoria en una sola cuota.

El valor mensual será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que, como se indicó, podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

Como la base mínima actual es de $19.758,21, las cuotas mínimas rondarán los 5.729,88 pesos mensuales. A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (en la actualidad de 58.665 pesos), por lo que no excederán los 17.599 pesos.

Se informó oficialmente que para iniciar el trámite se debe sacar un turno en www.anses.gob.ar.

 

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