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Política y Economía |Justicia en la mira

El oficialismo busca anular el decreto que permitió el traspaso de escuchas a la Corte

Lo hará ante la Comisión Bicameral de control de los DNU. Quiere que esa función la retome la Procuración General de la Nación

El oficialismo busca anular el decreto que permitió el traspaso de escuchas a la Corte
25 de Mayo de 2020 | 05:06
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El Frente de Todos buscará mañana martes en la comisión Bicameral de control de los DNU declarar “inválidos” los decretos dictados por el gobierno de Mauricio Macri, que estableció en un caso el traspaso del Departamento de Intercepción y Captación de Comunicaciones (Dicom) a la Corte Suprema y en otro la ratificación de la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

El presidente de la comisión bicameral, Marcos Cleri, informó que convocó al plenario para este martes a las 18 para tratar esos decretos y remarcó que la posición del Frente de Todos es que “deben ser declarados inválidos”.

Señaló que se debatirá también el DNU de ratificación de otro que intervino la AFI y que nombró como interventora a Cristina Caamaño.

los decretos de macri

El gobierno de Macri deshizo en diciembre del 2015 una decisión que había tomado en febrero de 2015 el Congreso Nacional cuando sancionó la nueva Ley de Inteligencia, que quitó de la órbita de la ex Side y actual AFI el manejo de las escuchas telefónicas solicitadas por la Justicia.

Además, en el 2017 dictó otro decreto referido a la conformación del nuevo organismo sobre captaciones de comunicaciones a cargo de la Corte Suprema.

Cleri señaló que sería “importante que el Congreso declare inválidos” esos decretos del gobierno de Macri porque como “no se puede modificar la ley de inteligencia por un Decreto de Necesidad y Urgencia”, algo que -recordó- “sólo se puede hacer por una ley”.

De esta manera, si el Congreso anula esos decretos -vigentes mediante la sanción fictia, es decir mientras el Parlamento no los rechaza-, las escuchas judiciales volverán a funcionar en la órbita de la Procuración General de la Nación.

La decisión de Macri había sido muy cuestionada por la entonces titular del Departamento de Intercepción y Captación de Comunicaciones (Dicom) y hoy interventora de la AFI, Cristina Caamaño, quien había objetado esa medida al manifestar que “no pueden versar sobre investigaciones penales”.

También fue rechazada por la Procuración -en ese momento a cargo de la ex funcionaria kirchnerista Alejandra Gils Carbó- que señaló que “el esquema de división de poderes que consagra la Constitución prohíbe al Presidente ejercer funciones legislativas” y advirtió que “las escasas excepciones a esta prohibición exigen siempre la acreditación de situaciones de necesidad y urgencia, que no se dan en el caso”.

La Constitución Nacional establece, en su artículo 99 inciso 3, que “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”.

Otro punto del temario de la bicameral es la ratificación del decreto de intervención de la AFI dispuesto por el presidente Alberto Fernández por 180 días y la designación en ese cargo de Caamaño.

De acuerdo con esa norma, la interventora está facultada para “modificar la estructura orgánica y funcional de la AFI, los organigramas correspondientes a su estructura, los regímenes profesionales del personal del escalafón de Inteligencia, del personal del escalafón de seguridad y del personal del escalafón de apoyo de la AFI”.

reforma

También, el jefe de Estado instruyó a Caamaño a “preparar y elevar a consideración del Poder Ejecutivo una propuesta de reformulación del Sistema de Inteligencia Nacional, que garantice la producción de información de calidad y oportuna para la seguridad interior, la defensa nacional y las relaciones exteriores de la Nación, limitando el accionar de cada uno de sus componentes a las funciones constitucionales y legales respectivas y reduciendo la actividad confidencial al mínimo necesario funcional”.

 

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