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Política y Economía |LO REGLAMENTÓ LA AFIP

Los que paguen el “impuesto a la riqueza” tendrán plazo hasta el 30/3

Los que paguen el “impuesto a la riqueza” tendrán plazo hasta el 30/3

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7 de Febrero de 2021 | 02:11
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La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, firmó la reglamentación del impuesto a la riqueza o Aporte Solidario y Extraordinario y estableció que los sujetos alcanzados deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el 30 de marzo de 2021.

La fecha a considerar para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020, se informó oficialmente.

En tanto, la imposición del impuesto para financiar diversas contingencias de la pandemia de coronavirus, contribuirá a que Uruguay, “reclute argentinos adinerados”, dijo el director del programa de América Latina del Wilson Center, Benjamin Gedan. En declaraciones a la agencia Europa Press, explicó que si bien es comprensible que las autoridades argentinas busquen incrementar la recaudación fiscal, el llamado Aporte Solidario Extraordinario de las Grandes Fortunas “dañará el clima de inversión” y provocará el éxodo de los inversores.

NORMATIVA

El organismo estableció la normativa relativa a la presentación de la declaración jurada, ingreso del aporte y otros aspectos establecidos en la Ley 27.605 y su Decreto Reglamentario N° 42/2021, con lo que se completa el proceso que se convirtió en ley el 4 de diciembre, con la idea de morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus mediante un aporte de los patrimonios superiores a los 200 millones de pesos.

La normativa de la AFIP establece que los sujetos alcanzados por el aporte deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el día 30 de marzo de 2021, inclusive.

El aporte alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos.

 

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