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La moratoria impositiva destinada a pymes y otras empresas de la provincia de Buenos Aires que poseen deudas derivadas de su actuación como agentes de recaudación, estará vigente desde el próximo lunes 10 de mayo y hasta el 7 de noviembre.
La normativa, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, establece que el plan de regularización abarcará deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, con relación a Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.
El director de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), Cristian Girard, aseguró que “se trata de una medida extraordinaria adoptada en un contexto extraordinario, que permitirá a las empresas que adhieran regularizar deudas impositivas, levantar embargos y volver a tener la posibilidad de obtener créditos”.
Además, destacó que la moratoria “forma parte del programa de recuperación productiva que puso en marcha el gobernador Axel Kicillof para reactivar la economía, generar empleo y mejorar los ingresos populares”.
En ese sentido, Girard puntualizó que “el beneficio principal de este plan es la condonación de recargos y multas”, y explicó que “esa quita estará segmentada según el tamaño del contribuyente, favoreciendo a pymes y microempresas, y será mayor para quienes adhieran rápidamente a la moratoria”.
De hecho, si el acogimiento se realiza en la primera etapa del programa, entre el 10 de mayo y el 4 de julio próximo, la condonación de recargos y multas para microempresas será de 90%; para las pequeñas, 80%; medianas, 70%; en tanto que para el resto será de 10%.
Con el correr de los meses el porcentaje de quita irá decreciendo, dado que los beneficios del plan buscan incentivar a las empresas para que regularicen su situación con mayor premura.
El programa prevé, dependiendo en cada caso del tamaño de la empresa y el tipo de deuda, la posibilidad de financiación en hasta 48 cuotas; en los plazos largos con el pago de un anticipo y, en los más cortos, sin necesidad de ello.
Los agentes de recaudación también podrán regularizar deudas correspondientes a intereses, recargos y multas, así como las que provengan de regímenes anteriores que se encuentren caducos al 31 de diciembre de 2020, relacionadas con retenciones y percepciones no efectuadas o no ingresadas de Ingresos Brutos y Sellos.
Para realizar directamente el acogimiento, acceder a los detalles del programa de regularización o requerir mayor información, quienes sean responsables, apoderados o apoderadas de las empresas deberán ingresar a www.arba.gob.ar, y allí dispondrán de una aplicación para tramitar las adhesiones.
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