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Piden penas más severas para los casos de maltrato animal

Distintas organizaciones exigen un mayor castigo a quienes comenten actos de crueldad, y reconocen la necesidad de educar

Piden penas más severas para los casos de maltrato animal

La ley argentina no considera a los animales como sujetos de derecho

29 de Abril de 2022 | 02:53
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A casi 70 años de sancionada la ley de Maltrato Animal, organizaciones, activistas y especialistas en derecho reclaman un endurecimiento en las penas para quienes cometan actos de crueldad aunque reconocen la importancia de educar y concientizar a la sociedad en perspectiva animalista.

El marco del Día del Animal, que se celebra hoy, activistas del sector señalaron que si bien Argentina cuenta con tres leyes penales que protegen los derechos de los animales a nivel nacional, éstas tiene poca efectividad.

Una de ellas es la Ley 14.346 “Malos tratos y actos de crueldad hacia los animales” sancionada en 1954, que establece penas de prisión de quince días a un año a quien cometa actos de malos tratos o de crueldad hacia un animal, que se buscó reformar en 2019 en la Cámara de Diputados, pero finalmente perdió estado parlamentario.

“Las penas son bajísimas, es un delito excarcelable y por eso se pedía que se llegue a un mínimo de cuatro años”, explicó Griselda Engelhard, abogada integrante de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada).

Además del endurecimiento de las penas, Engelhard señaló que una nueva ley tiene que contemplar un apartado dedicado a la educación ya que “nada mejor que enseñarle desde el inicio a los niños el respeto por la vida de los demás animales”.

Para la especialista, el plexo normativo se tiene que complementar con otras leyes o incluir capítulos en los cuales se prohíba todo tipo de espectáculo en el que participen los animales, prohibir la experimentación, impedir la venta para no fomentar los criaderos clandestinos y tipificar los delitos como abandono, tracción a sangre y zoofilia.

“Hoy la justicia lleva los casos como acto de maltrato o crueldad y como el tipo penal es amplio va a quedar al criterio del juez mediante prueba de informes del veterinario si es o no delito, ya que no están debidamente tipificados”, remarcó.

“PERSONA NO HUMANA”

Como señalan los defensores de los derechos de los animales, la construcción jurisprudencial de “persona no humana”, que le fue otorgada por primera vez en el país a la orangutana Sandra en 2014, y que luego obtuvieron algunos primates y la elefanta Mara en 2020, no está contemplado en ninguna normativa vigente y se logró a través de fallos singulares.

“En esos casos los animales pasaron de ser una cosa a ser sujeto de derecho, pero la ley actual no lo contempla porque si vas a declarar a todos los animales personas hay actividades que no podrían seguir, y sabemos que hay intereses creados”, detalló Engelhard.

En este sentido recordó que el artículo 227 del Código Civil y Comercial considera a los animales “cosas”, dejando fuera conceptos tales como “ser sintiente” o “ser sensible”.

Si bien existen tres leyes que protegen los derechos de los animales, tienen poca efectividad

La segunda ley de defensa animal, es la 22.421 que se sancionó en 1981 y protege a la fauna silvestre, cuidando las especies en peligro de extinción, regulando la caza y controlando el medio ambiente en el que viven.

A la que se suma la más recientemente sancionada Ley 27.330 de “prohibición de carreras de perros” del 2016, que establece prisión de tres meses a cuatro años y multa de $4.000 a $80.000 para quien realice estas prácticas, y por la cual cientos de perros galgos fueron rescatados y adoptados en los últimos años.

Motivada por esta regulación, la Asociación Civil Lucha por la Integración Social y el Derecho Animal (Aluisa) busca que se sancione una ley de “No Más Tracción a Sangre”, que termine con la actividad informal de recolección de residuos urbanos en la que interviene un caballo, un burro u otro animal.

La iniciativa se presentó en la Cámara de Diputados pero perdió estado parlamentario en 2019 y nuevamente en 2021.

“La tracción a sangre requiere una ley particular porque implica una problemática compleja”, explicó Eliana Couso, presidenta de Aluisa, quien remarcó que la asociación rechaza cualquier tipo de explotación animal.

“Que usemos a los animales para un deporte, para vestirnos, para comerlos o como medio de transporte es algo que el humano se lo adjudicó al animal”, explicó Couso, contra la idea que sostenían los defensores de las carreras cuando decían que “los galgos habían nacido para correr”.

La activista hizo hincapié en que la tracción a sangre tiene una problemática relacionada que es la faena equina, ya que en la Argentina no está la cultura de comer carne de caballo, que se exporta.

 

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