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Receta electrónica: lo que hay que tener en cuenta

Su uso se pone en marcha a partir de hoy en la Región y muchas personas tienen dudas sobre qué cambia respecto de la metodología utilizada hasta el momento

Receta electrónica: lo que hay que tener en cuenta

La receta electrónica, en el centro de la escena / Web

1 de Marzo de 2023 | 01:29
Edición impresa

Comenzó a regir el nuevo sistema de receta electrónica o digital en la Región y quedaron descartadas las “foto recetas” que se enviaban por WhatsApp o mail. Ahora, sólo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.

Las recetas electrónicas o digitales deberán ser únicas (tener un identificador único que vincula profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras. Los datos deben ser confidenciales y los sistemas progresivamente interoperables (para poder intercambiar información con fines sanitarios). Asimismo, su contenido deberá ser acorde con lo determinado por las leyes de ejercicio profesional y la de prescripción por nombre genérico para los medicamentos.

Éstas cuentan con una vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (prácticas, estudios, prestaciones, etc.), salvo disposición en contrario, y pueden extenderse también recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días.

El inicio del proceso de inscripción que deberán realizar las plataformas, aplicaciones y sistemas de receta electrónica o digital y de teleasistencia, se realizará hasta el 31 de diciembre de 2023. A partir de marzo de 2024 se dará inicio al proceso de aprobación de todas aquellas plataformas que se hayan inscripto.

INFORMACIÓN NECESARIA

Estas recetas deben contener la siguiente información en idioma nacional: nombre, apellido, profesión, número de matrícula, domicilio, número telefónico y correo electrónico cuando corresponda.

Además, deben tener un identificador unívoco que une profesional, medicamento y paciente; y establecer una fecha de inicio de vigencia igual o posterior a la fecha de confección de la receta electrónica o digital.

EL PAPEL DE LAS FARMACIAS

Cualquier farmacia y establecimiento de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en cualquier formato de receta vigente, ya sea en papel, electrónica o digital.

De modo excepcional, se había autorizado mediante Resolución 696/2020, en el contexto del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), la utilización de fotos de recetas realizadas en papel, recetas enviadas por mail, o prescripciones por canales de comunicación digitales.

Estas modalidades, si bien utilizan medios virtuales, no son recetas digitales ni electrónicas, dado que no tienen validada la firma ni la matrícula del profesional, y dejaron de tener validez en diciembre de 2022, con excepción de algunos casos particulares para personas con enfermedades crónicas, cuya validez se extendió hasta ayer.

En el caso de PAMI, obras sociales o empresas de medicina prepaga vigentes, el procedimiento sigue exactamente igual a como venía sucediendo, ya que estos organismos cuentan con recetas que se emiten a través de plataformas digitales o electrónicas.

A partir de ahora, solo deja de funcionar la foto de la receta en papel, pero están vigentes en todo el país tanto la receta en papel como las electrónicas o digitales.

UNOS CUATRO MIL PROFESIONALES

Hasta el momento ya son más de 4 mil los profesionales de la salud que se registraron en el programa Receta Electrónica Bonaerense. En total, en el sector público se desempeñan 12 mil.

Cabe aclarar que esta modalidad de prescripción regirá para pacientes con cualquier tipo de cobertura, ya sea pública, de obra social o de empresas de medicina prepagas.

 

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