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Masacre de Monte: un hecho, dos secuencias y disímil responsabilidad ante el horror irreparable

El fiscal Mariano Sibuet explicó por qué el jurado popular no aplicó la misma sanción a los cuatro policías acusados

Masacre de Monte: un hecho, dos secuencias y disímil responsabilidad ante el horror irreparable

Frente a los tribunales hubo escenas desgarradoras / Dolores Ripoll

19 de Mayo de 2023 | 03:38
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El jurado popular que intervino en el juicio por la denominada “Masacre de San Miguel del Monte”, en la que cuatro jóvenes murieron mientras eran perseguidos a los tiros por la Policía en 2019, entendió que existieron dos secuencias y distintas responsabilidades en el mismo hecho, al culpar a dos efectivos de los homicidios por provocar la colisión del auto en plena persecución y, a otros dos por intento de asesinato, al participar del operativo cerrojo previo que le hicieron a las víctimas.

“Lo que hicieron los integrantes del jurado es dividir en dos secuencias el hecho, por lo que entendieron que dos policías tuvieron una responsabilidad mayor que los otros dos”, explicó el fiscal del juicio, Mariano Sibuet, al analizar el fallo que se dio a conocer el miércoles en los Tribunales de La Plata, tras más de ocho horas de deliberación.

El veredicto dice que los policías Rubén García y Leonardo Ecilapé fueron considerados por unanimidad de los 12 jurados populares coautores del delito de “homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego” en perjuicio de Danilo Sansone (13), Camila López (13), Gonzalo Domínguez (14) y Aníbal Suárez (22), por lo que recibirán como pena la perpetua.

En tanto, por mayoría de 10 de los miembros del jurado, los policías Manuel Monreal y Mariano Ibáñez fueron declarados culpables del delito de “tentativa de homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego” de las mismas víctimas, que prevé una pena de entre 15 y 20 años de prisión.

Además, los cuatro policías fueron considerados culpables de la “tentativa de homicidio agravado por su condición de miembros de una fuerza de seguridad” de Rocío Quagliarello, la única sobreviviente de la masacre que tenía 13 años al momento del hecho.

La “Masacre de Monte” ocurrió el 20 de mayo de 2019, cuando el auto Fiat 147 en el que circulaban las víctimas impactó en la colectora de la ruta 3 contra un acoplado de un camión, tras una persecución a los tiros por parte de la Policía.

“Al Fiat 147 lo intercepta un primer móvil policial (en el que circulaban García y Ecilapé) y comienza una persecución. Luego, realiza el operativo cerrojo otro móvil en el que iban (los policías) Monreal e Ibáñez, y uno de ellos efectúa los primeros disparos, uno de los cuales se aloja en la pelvis de Gonzalo (Domínguez). Lo que dice el jurado popular, es que ese hecho es considerado una tentativa de homicidio”, explicó Sibuet.

“La Masacre de Monte” le costó la vida a 4 jóvenes en 2019 / D. Ripoll

Según se determinó en el juicio, Ibáñez era quien manejaba un móvil policial y le cruzaron el paso al automóvil en el que iban las víctimas en Chubut y Caseros, donde Monreal realizó un disparo con su pistola calibre 9 milímetros que hirió a Domínguez, pero el Fiat 147 continuó con la fuga hacia la colectora de la ruta 3, perseguido por el otro patrullero, en el que circulaban García y Ecilapé.

Ibáñez y Monreal quedaron en esa esquina porque el móvil en el que se movilizaban funcionaba mal, es decir que su participación en el hecho culminó allí.

Sibuet explicó que el jurado entendió que en ese momento comenzó una segunda secuencia “en la que el patrullero (al mando de Ecilapé) que persigue al auto que termina impactando contra el acoplado de un camión que se hallaba detenido”.

“Ahí los jurados consideran que es homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego en perjuicio de Sansone, López, Domínguez y Suárez, por lo que recibirán como pena la prisión perpetua”, mencionó.

En el marco del juicio se determinó que durante la persecución García efectuó disparos con su arma reglamentaria, pero no se logró establecer si Ecilapé también lo hizo.

“Nosotros pedimos prisión perpetua para los cuatro policías, para todos, pero independientemente de eso, si lo hubiera tomado otro tribunal (y no un jurado popular) era una posibilidad que la sentencia fuera la misma, porque se ajustaron a la ley y a los hechos”, dijo el fiscal.

De ese modo, Margarita Jarque, abogada de la Comisión Provincial de la Memoria (CPM) y patrocinadora de las familias de Danilo y Camila, dijo que el jurado entendió que “la muerte de los chicos se produjo por una causa diferente” a la que la querella sostuvo.

“Para nosotros los cuatro policías fueron responsables de homicidio. Creemos que todos habían ejercido el condominio del hecho, pero es un enfoque diferente”, dijo la letrada, aunque reconoció que “fue una sentencia satisfactoria”.

Sobre este caso, Horacio Pietragalla Corti, secretario de Derechos Humanos de la Nación, indicó que: “Fue una mezcla de sensaciones, de alivio, bronca y alegría. Una jornada positiva para la construcción que queremos sin violencia institucional”.

 

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