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La exprimera dama dijo que el expresidente la sometió a “violencia física” y “terrorismo psicológico”. Habló con el juez por zoom desde España. Según el Código Penal, las penas pueden ir de dos meses a dos años de prisión
El expresidente Alberto fernández y Fabiola Yáñez, en la residencia de Olivos/NA
La exprimera dama Fabiola Yáñez denunció ayer al ex presidente Alberto Fernández por “violencia física y “terrorismo psicológico”, según la presentación que hizo ante la Justicia. “En las últimas horas denunció penalmente a su expareja”, ratificó el abogado Juan Pablo Fioribello, que representa a la denunciante, actualmente en Madrid.
Consultado sobre esa acusación, el expresidente Alberto Fernández señaló que “demostrará ante la Justicia la falsedad de lo denunciado” (ver aparte). Mientras tanto, el juez Julián Ercolini -a quien recusó en la causa de los seguros- estableció que no puede acercarse a Fabiola ni puede salir del país. “La restricción es para que no se comunique a sus dispositivos”, estableció.
Después de que salieran a luz los chats con la exsecretaria de Alberto Fernández, en uno de ellos donde le habría mandado fotos de las secuelas de una golpiza, según fuentes judiciales- Fioribello señaló que Yáñez “se comunicó” ayer con el juez Ercolini y “le dijo que quería levantar el archivo de las actuaciones y realizar una denuncia penal por los golpes y las amenazas” que habría recibido de parte de Fernández.
El juez recogió la nueva denuncia y hasta primeras horas de la tarde de ayer trabajó en disponer y ejecutar una serie de medidas restrictivas que Alberto F. deberá respetar de inmediato, entre ellas no acercarse y moderar los contactos con su expareja y madre de su hijo.
Según el relato del abogado, la exprimera dama llamó al juez “desde España” y ratificó que quería denunciar a Fernández por “los golpes” que habría recibido de parte del exmandatario.
Yañez, en el marco de su relación con el ex mandatario nacional, dijo que sufrió “terrorismo psicológico”. También habló de mensajes telefónicos que tenían el objetivo de amedrentarla, lo que llevaron a cortar la comunicación con Fernández, y que ahora solo mantenía contacto a través de su madre, a los fines de no romper el vínculo con el hijo que comparten.
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“El día 6 de agosto de 2024, Fabiola Andrea Yañez se contactó con el juzgado solicitando que se realizara una audiencia ampliatoria con el magistrado, la que fue celebrada en la misma fecha”, indicó la orden de restricción contra Fernández a la que tuvo acceso este diario. Y detalla: “Manifestó estar padeciendo lo que definió como ´terrorismo psicológico´ por parte de la persona denunciada, así como acoso telefónico, de manera diaria. Dado que el presunto agresor se contactaba mediante mensajes telefónicos, amedrentándola psicológicamente”.
“Ante ello, fue interrogada acerca de sí, en esta oportunidad, deseaba instar la acción penal, a lo que la compareciente manifestó expresamente que, a raíz de lo ocurrido, sí deseaba hacerlo”, subrayó la orden.
Yañez también reclamó a la Justicia un cambio de custodia, ya que -según dijo- tenía asignada una “persona de confianza” del expresidente.
Todo comenzó con una serie de mensajes encontrados en el celular de María Cantero, exsecretaria de Alberto Fernández, en el marco de la investigación por los seguros. Una de esas conversaciones era con Yáñez sobre supuestos actos de violencia.
Ercolini resguardó ese material en un legajo reservado, notificó a la Oficina de Violencia de Género de la Corte Suprema, y luego convocó a la ex primera dama a una audiencia mediante video conferencia desde Madrid, ciudad donde sigue viviendo. Pero en ese momento, Yáñez no quiso instar la acción penal.
Durante el fin de semana, el juzgado de Ercolini había sido notificado de que en el celular secuestrado había pruebas de presunta violencia de género de Fernández contra Yañez, pero en un principio la exprimera dama había desestimado hacer una denuncia. Eso pasó fines de junio y principio de julio. Más de un mes después cambió de parecer.
El celular de Cantero fue secuestrado a comienzos de marzo en el marco de la causa de las millonarias contrataciones de seguros del Estado y luego fue peritado por la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Hay decenas de conversaciones con personas vinculadas a la investigación -muchos de ellos exfuncionarios del anterior Gobierno e incluso la exvicepresidenta Cristina Kirchner- y con otras que no están imputadas, como es el caso de Yañez.
Fernández cree que la madre de su hijo solo busca someterlo a una “extorsión” para sacarle dinero. Y quiere desplazar al juez Ercolini de la causa. Hoy habrá una audiencia en la Cámara Federal de Casación Penal en la que las partes deberán exponer sus argumentos a favor y en contra de ese reclamo (ver pág. 5).
Fernández, en su recusación, dijo tener un temor fundado de que el juez será parcial y actuará en su contra. En esta causa, Ercolini avanzó con rapidez conta el expresidente tras la presentación de la denuncia y ordenó la inhibición general de sus bienes (que la Cámara revocó), además de un informe de sus comunicaciones.
El exmandatario sostuvo que hay elementos para creer que se trata de “una venganza disfrazada de causa penal” porque primero fueron amigos y después Fernández denunció a Ercolini por el caso Lago Escondido y pidió incluso su destitución.
Alberto Fernández no acusa al juez solo del viaje en sí, sino de maniobras para esconder ese viaje que salieron a la luz cuando se difundieron unos chats que la Justicia federal declaró que no podían ser considerados como prueba válida.
La causa contra Ercolini y sus compañeros de viaje al Sur había avanzado en Bariloche, pero con Mariano Cúneo Libarona (hoy ministro de Justicia) como abogado, otro de los jueces investigados -Pablo Yadarola- logró que el expediente pasara a los tribunales de Comodoro Py, donde se cerró sin que la fiscalía apelara, en diciembre pasado, al filo de la feria judicial.
Depende de la interpretación que la Cámara Federal realice de los hechos, la causa puede ser remitida a los tribunales federales de San Isidro, donde se investigó el caso de la fiesta en Olivos, o a la justicia ordinaria.
Fernández, con respecto a la supuesta violencia de género contra su expareja- podría ser acusado del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, según lo previsto por los artículos 89 y 92, en razón del artículo 80 inciso 1º del Código Penal Argentino (CPA).
El artículo 89 establece que “se impondrá prisión de un mes a un año, al que causare a otro, en el cuerpo o en la salud, un daño que no esté previsto en otra disposición de este código”.
En el 92, se aclara que “si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 80, la pena será: en el caso del artículo 89, de seis meses a dos años de prisión”.
En la enumeración del artículo 80, en el inciso 1° se enumera: “A su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
Para que avance la investigación pela de la causa iniciada por Fabiola Yáñez, será clave que no haya pasado el tiempo suficiente para que prescriba el delito informaron fuentes judiciales.
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