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El policía marcos casetti, durante el juicio realizado en 2014 / Archivo
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ratificó la pena de prisión perpetua de un ex policía bonaerense y el hijo de un ex agente del Servicio Penitenciario, condenados por el asesinato de tres policías cometido en 2007 en la Planta Transmisora del Ministerio de Seguridad provincial, situada en la localidad de Arana.
Se trata del ex policía Marcos Casetti (29) y Mariano Ezequiel Filippi Medina (29), condenados por el crimen del sargento Pedro Germán Díaz (45), y los oficiales Ricardo Torres Barbosa (26) y Alejandro Rubén Vatalaro (27).
En el fallo, difundido ayer por la Corte, no se hizo lugar a los recursos de inaplicabilidad de la ley que habían interpuesto la defensa de los condenados, por lo que confirmó la pena impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, luego avalada también por el Tribunal de Casación bonaerense.
Casetti y Filippi Medina fueron condenados en el 2014 por los delitos de “homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía, por el concurso premeditado de dos o más personas, por haberse perpetrado para consumar otro delito y en razón de la condición de policías que revestían las víctimas”.
El Tribunal tuvo en cuenta “el conocimiento previo del escenario por parte de al menos uno de los sujetos activos” que cometieron los homicidios “en un predio de grandes dimensiones, en medio de la oscuridad y en el cual las víctimas se encontraban relajadas y entregadas al descanso”.
“Eso les permitió actuar con la plena convicción de que no iban a tener posibilidad de reacción ni tampoco auxilio inmediato, tal como efectivamente ocurrió”, graficaron los jueces.
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Consideraron que “en las primeras horas del 19 de octubre de 2007, tres sujetos del sexo masculino, uno de ellos funcionario policial que prestaba servicios en el lugar, irrumpieron en la sede de la planta transmisora de la calle 7 y 630 de Arana, partido de La Plata”.
Los magistrados agregaron que “portando dos armas blancas y una arma calibre 9 milímetros, ocasionaron múltiples heridas vitales mediante la utilización de todas ellas contra los agentes en cumplimiento de servicio de guardia Díaz, Torres Barbosa y Vatalaro, quienes se encontraban descansando como habitualmente lo hacían”.
De acuerdo a los jueces, de esa forma Casetti y Filippi “tuvieron la clara finalidad de consumar el apoderamiento ilegítimo que formaba parte de un plan común previo”. En la causa nunca llegó a establecerse el móvil de la masacre.
“Como consecuencia del sorpresivo y artero ataque, se produjo el deceso de los nombrados, tras lo cual los agresores se apoderaron ilegítimamente de al menos dos ametralladoras, dos cargadores de pistola calibre 9 milímetros, una escopeta Itaca calibre 12/70, tres chalecos antibalas, dos pistolas calibre 9 milímetros, el teléfono celular de una de las víctimas y la camioneta Chevrolet asignada a la dependencia en la que se dieron a la fuga”, afirmaron.
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