
Crimen de Pablo Mieres: su familia fue aceptada por el juez como "particular damnificada"
En fotos | La semana de huelga en la UNLP arrancó con un alto acatamiento en facultades y escuelas
VIDEO. Se subió a un árbol en el centro de La Plata y le pegaba con una rama a los transeúntes
Desmontaron el puesto policial ubicado en la rotonda de la Autopista La Plata
¿Pedro Silva Torrejón otra vez afuera?: cómo se encuentra la recuperación del defensor de Gimnasia
Estudiantes visita a Cerro Porteño, que tiene tres bajas importantes entre los titulares
Wanda Nara, sobre L-Gante: “Elián estaba con minas al lado mío”
Benjamín Vicuña habló de la denuncia a la China Suárez por acusarlo de “adicto”
En La Plata, las fuerzas políticas acordaron una campaña limpia y respetuosa del espacio público
Marixa Balli con botón antipánico: “Estoy recibiendo amenazas tremendas”
El Gobierno evalúa medidas para incentivar la venta de autos 0Km.: ¿se viene un nuevo Plan Canje?
VIDEO. Dos barcos chinos chocaron al perseguir un barco filipino en mar disputado
El accidente del cantante de Dale Q’ Va: se rompió el escenario y cayó en pleno show
Foster Gillett puso los dólares y apagó momentáneamente el incendio en Uruguay
Gustavo Cerati cumpliría 66 años: Soda, secretos, legado y la huella de una joven platense
CONMEBOL homenajeó a Estudiantes con su versión animada: "Notifulbo y el tetracampeón"
Tras denunciar el falso video, Kicillof habló de la foto de Milei en La Matanza: “Huyó"
Norberto Briasco: resurrección clave para este momento del Lobo
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
El fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata que revocó el procesamiento del periodista Daniel Santoro en la causa en la que era investigado por presunta “coacción y extorsión en grado de tentativa”, convalida características que hacen a la esencia de la función de la prensa, a la vez que valoriza la defensa de la libre expresión y la autonomía de las investigaciones periodísticas.
La decisión recayó en el caso D´Alessio, convertido desde hace dos años en un escándalo judicial y en una causa que investigó el control de agentes o ex agentes de inteligencia vinculadas al espionaje ilegal en diversos ámbitos, entre ellos el judicial, político, empresarial y periodístico.
El caso se inició luego de la denuncia del productor agrario Pedro Etchebest al falso abogado Marcelo D’Alessio y al fiscal Carlos Stornelli, por una presunta extorsión para no involucrarlo en la “causa de los cuadernos”.
El fallo de la Cámara marplatense desbarata la tesis de que el seguimiento periodístico del caso de corrupción formó parte de una operación política, tal como lo aseguraron distintas fuentes oficialistas.
El tribunal absolvió así al periodista a quien el juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla, había considerado autor del mencionado delito. Los hechos atribuidos a Santoro, dijeron los camaristas, “solo podrían encuadrarse dentro de un neutral ejercicio de su actividad profesional, la que -con aciertos o equívocos- no permiten por sí solos ni aún en el contexto circunstancial referido, considerarlos como contribuciones directas al plan criminal”.
Los camaristas sostuvieron que los jueces “no han sido investidos en sus cargos para juzgar la calidad o contenido de un trabajo periodístico, ni mucho menos, para apostrofar acerca de la manera en que un periodista se vincula con su fuente, cuestiones estas que en todo podrán quedar sujetas a un juicio ético o de credibilidad de su trabajo, que incumbe a la sociedad que consume su producto periodístico, y no a los jueces, siempre, claro está, que no se esté frente a la comisión de un delito”.
LE PUEDE INTERESAR
Los tweets de la semana
LE PUEDE INTERESAR
Opinan los lectores
Cabe señalar que, en otra resolución conexa, la Cámara marplatense confirmó el procesamiento parcial contra el fiscal Carlos Stornelli en la causa D’Alessio, aunque lo dejó afuera de la asociación ilícita que integraba el falso abogado, según se desprende del fallo. Si bien confirma el procesamiento, lo cierto es que la Cámara de Mar del Plata alivió la situación en la que el juez Ramos Padilla había encuadrado al fiscal.
En la misma resolución, los camaristas confirmaron el procesamiento del falso abogado Marcelo D’Alessio, acusado de extorsionar a empresarios a los que engañaba asegurándoles que si no le pagaban iban a ser objeto de una investigación judicial.
En cuanto al rol periodístico, los camaristas Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza valoraron lo sostenido por la jurisprudencia interamericana “en el sentido de que la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada”.
Los camaristas afirmaron que el accionar del hasta entonces acusado fue como derivación natural del “ejercicio y por medio de su rol de periodista”.
Argumentaron que “la garantía consagrada en el artículo 43 de la Constitución nacional, en tanto tiende a preservar el secreto de las fuentes periodísticas, representa un elemento esencial que tiende a proteger no solo a quienes participan de un evento determinado, sino que se exhibe como un punto central y básico del ejercicio republicano que permite a la ciudadanía en general la posibilidad de conocer aquellos aspectos relevantes referidos al sistema democrático”.
De no tutelarse la acción periodística, añadieron, los ciudadanos “se verían impedidos de estar informados debidamente so pretexto de que alguien quede expuesto por revelación de la fuente privada de información.
Ello no significa que el rol de periodista represente de por sí un campo de impunidad que lo coloque por encima de la ley. No significa que alguien pueda cometer alegremente un delito y por su condición periodística ser inalcanzable por el sistema punitivo”.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$670/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$515/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí