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El Banco Central cumple con distintas funciones: regular el funcionamiento del sistema financiero, la cantidad de dinero y las tasas de interés, actúa como agente financiero del Estado Nacional ante otras instituciones monetarias, administra las reservas, ejecuta la política cambiaria, regula los sistemas de pago y brinda protección sobre los derechos de los usuarios de servicios financieros.
“El cierre del Banco Central no es un asunto negociable”, comunicó el equipo de Javier Milei luego de que el libertario se consagrara como ganador en las elecciones.
Por eso la posibilidad de eliminar el Banco Central despertó un amplio debate entre los especialistas en derecho constitucional.
La raíz del asunto se resume en si es o no constitucional. Los especialistas en derecho toman como base de la discusión el artículo 75 de la Constitución, que describe entre las atribuciones la de “establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir moneda”.
Esta definición, según el abogado Andrés Gil Domínguez, ya implica la obligación de contar con ese banco federal, o sea, el Banco Central. “La constitución es muy clara: el artículo 75 dice que no puede no tener un banco federal, por lo que la existencia está vinculada”.
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