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La Justicia revisará un agravante que no fue tenido en cuenta en la condena por el atentado contra Cristina Kirchner

Por Redacción

Es ante el recurso presentado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres

La Cámara Federal de Casación Penal habilitó la revisión del fallo por el atentado contra Cristina Kirchner para analizar si corresponde aplicar la figura de femicidio, tras hacer lugar a un recurso impulsado por el Ministerio Público Fiscal.

La Sala II, con los votos de Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, concedió el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Oral Federal (TOF) N°6 que condenó a Fernando Sabag Montiel a 10 años de prisión y a Brenda Uliarte a 8 años.

El planteo del Ministerio Público Fiscal incluyó un apartado específico sobre violencia de género, elaborado por la fiscal Mariela Labozzetta, titular de la UFEM, quien sostuvo que el hecho se inscribe en un contexto de violencia simbólica y hostigamiento mediático contra la víctima por su condición de mujer en la política.

Las fiscales cuestionaron el criterio del Tribunal oral, que descartó el femicidio al considerar que no existía una animosidad individual hacia el género femenino, al señalar que esa interpretación desconoce el carácter estructural de la violencia de género y su reconocimiento en la Ley Nº26.485.

Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado penas de 15 años para Sabag Montiel y 14 para Uliarte por homicidio triplemente agravado, incluyendo la agravante de violencia de género, que finalmente no fue aplicada en la sentencia.

Con la apertura del recurso, y si es sostenido por el fiscal Mario Villar ante Casación, el tribunal deberá definir si valida el fallo original o si establece un precedente sobre la aplicación de la perspectiva de género en ataques contra figuras públicas femeninas y su impacto en el sistema democrático, en un caso que reabre el debate sobre violencia política.

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