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Policiales |POR ABUSAR DE LAS HIJAS Y SU EX PAREJA

La Suprema Corte confirmó el fallo condenatorio contra Martínez Poch

El máximo tribunal de Justicia bonaerense rechazó por cuestiones formales una presentación formulada por la defensa del acusado, que ahora tendrá abierta la instancia recursiva nacional, por vía de la queja

La Suprema Corte confirmó el fallo condenatorio contra Martínez Poch

El gesto desafiante del “conde” martínez poch en un pasaje del juicio oral QUE SE HIZO en el tribunal I/archivo

18 de Diciembre de 2017 | 02:06
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La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó la condena a 37 años y medio de prisión para el disc jockey Jorge Martínez Poch por haber corrompido y abusado de sus dos hijas cuando eran niñas en La Plata, y golpeado, drogado y violado a su novia abogada, en 2013.

Los jueces Eduardo Pettigiani, Eduardo De Lázzari, Daniel Soria y Luis Genoud resolvieron en su fallo que el recurso de queja interpuesto por la defensa particular del condenado es “improcedente”, por lo que así queda firme la sentencia de primera instancia.

El fallo ya había sido confirmado en septiembre pasado por la sala III del Tribunal de Casación bonaerense, integrada por Ricardo Borinsky, Víctor Violini y Daniel Carral, quienes declararon “inadmisible” un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el abogado del DJ, Juan Martín Cerolini.

Ante esta decisión, el letrado presentó una “queja” ante la Suprema Corte, pero este recurso tampoco prosperó.

“(...) la presentación directa tiene por objeto la resolución que denegara el recurso extraordinario esgrimido y por finalidad el ataque de los aspectos de la motivación del decisorio que obstaran a su admisibilidad”, indicó el documento oficial.

“Tal como se expusiera en el acápite I, la Casación basó la desestimación de la vía de inaplicabilidad de ley en la falta de cumplimiento de los recaudos del art. 484 del Código Procesal Penal al no relacionar los agravios con la sentencia de fondo y reiterar las articulaciones previas a dicho fallo. Esos extremos -más allá de su acierto o error- no fueron eficazmente cuestionados por el quejoso”, agregó.

Por su parte, indicó: “Cabe agregar a mayor abundamiento, que resulta una exigencia ineludible que los recursos se autoabastezcan, máxime en supuestos como el presente”.

El 31 de agosto de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de La Plata condenó a Martínez Poch (53) por la “privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas en concurso real con abuso sexual con acceso carnal reiterado calificado con daño para la salud de la víctima, por la participación de dos o más personas, con sometimiento sexual ultrajante” en perjuicio de su novia Vanessa Rial (41).

El tribunal 1 también lo condenó por “corrupción de menores agravada por violencia, amenazas e intimidación por el vínculo de parentesco, abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por daño a la salud mental” de una de sus dos hijas.

Martinez Poch fue detenido en septiembre de 2013 luego de haber mantenido cautiva en su departamento de La Plata a Rial, donde la sometió a múltiples abusos sexuales, golpes y le proporcionó narcóticos.

La mujer fue rescatada por la Policía a instancias de su padre y luego de la detención del hombre, aparecieron otras mujeres que contaron sus propios calvarios.

También las hijas de Martínez Poch se presentaron ante la Justicia, para denunciar lo que vivieron tras la muerte de su madre, cuando eran nenas.

Por su parte, el presidente del tribunal 1 de La Plata, Juan José Ruiz, destacó que en el fallo se tuvieron en cuenta “la ley de violencia de género y la Convención de los Derechos del Niño” y explicó por qué no hizo lugar a la declaración de inimputabilidad pedida por la defensa del DJ.

“En el concepto de psicópata, la mayoría de los médicos psiquiatras sostiene que son punibles y solo una minoría, un veinte por ciento sostiene la inimputabilidad”, indicó.

Además, tras cada hecho, “Martínez Poch realizaba acciones para cubrir su delito y borrar las pruebas, las lavaba (a las víctimas) después de golpearlas y se hacía golpear por sus hijas para que en caso de que sus ex parejas lo denunciaran él también tuviera lesiones, es decir entendía muy bien lo que hacía y quería de esa forma evitar la Justicia”, aseguró Ruiz.

Para el juez, el “Conde de la Noche” -tal como se lo conocía a Martínez Poch en el circuito de boliches de La Plata- corrompió y abusó de sus dos hijas desde que éstas tenían 7 y 6 años y hasta que cumplieron 15 y 14, al obligarlas a presenciar sus actos sexuales y masturbaciones con otras mujeres, ver filmes pornográficos y manosear sus partes íntimas, apoyándoles incluso su pene.

Luego, el disc jockey redujo a fines de agosto de 2013 y hasta mediados de septiembre de ese año a Rial, golpeándola y drogándola, para luego violarla y permitir que al menos otro hombre abusara de ella obligándola a que le practique a éste una felación.

La pena impuesta fue levemente menor a la solicitada por la fiscal María Florencia Budiño, que había reclamado una condena de 40 años de cárcel.

En tanto, el defensor Cerolini había reclamado la absolución del DJ al sostener que es una persona “inimputable” y aseguró que durante el debate “no se pudieron probar” los abusos contra sus hijas.

Durante el juicio, Martínez Poch declaró durante seis horas, negó todos los cargos y dijo que era “un proscripto por la sociedad” y que había un “complot” en su contra.

37

años de cárcel es la condena impuesta a Jorge Cristian Martínez Poch y que acaba de confirmar la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. La pena, igualmente, no se encuentra firme, ya que a la defensa le queda la instancia recursiva en la Corte Nacional

 

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