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Información General |PROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE

Etiquetado frontal: qué cambia con la ley que pone octógonos negros en los envases

Estas figuras deberán incluir advertencias sobre el contenido excesivo de nutrientes críticos como azúcar, grasas o sodio. Pero la norma, según explican los expertos, contempla otras medidas en pos de contar con más información a la hora de comer

Etiquetado frontal: qué cambia con la ley que pone octógonos negros en los envases
28 de Octubre de 2021 | 02:23
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Luego de que la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable -conocida como de etiquetado frontal- fuera sancionada el martes a última hora, distintas entidades de la sociedad civil y expertos en nutrición no sólo celebraron su aprobación sino que remarcaron que se trata de una “herramienta vital” para garantizar el derecho a la información de la población. Ahora bien, ¿qué implica y que alcances tiene la nueva norma?

Concretamente, la flamante ley establece la implementación de un etiquetado frontal con advertencias impresas en octógonos negros con la inscripción “Exceso en..” para advertir en los envases sobre el contenido excesivo de nutrientes críticos como azúcar, grasas y/o sodio. Además prohíbe la venta en entornos escolares de productos que cuenten con un sello de advertencia o más, así como también la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes de estos productos.

Además, establece que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes. Por otra parte, la iniciativa determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

Para las Naciones Unidas, la Organización Panamericana de la Salud /Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), Unicef y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la norma consiste en “un hito histórico para la mejora de la alimentación, en la salud pública, y en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.

Según la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS 2) de 2019, Argentina tiene la tasa más alta de exceso de peso en menores de 5 años de América Latina con un 13,6%; el sobrepeso y la obesidad afectan a más del 40% de los niños y niñas de entre 5 y 17 años y al 70% de la población con 18 años o más.

Con la nueva norma, Argentina se suma a Chile, Colombia, México, Perú y Uruguay que ya tienen leyes de etiquetado frontal para que la población pueda tomar decisiones informadas a la hora de decidir la compra. También acompañaron las celebraciones sociedades médicas, como la Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC), que señaló que “se trata de una medida clave para garantizar el derecho a la información de los y las consumidores/as, ya que establece la inclusión de sellos que advierten el contenido excesivo de nutrientes dañinos para la salud en el frente de los envases”.

Desde la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran), en tanto, festejaron la sanción de la norma y sostuvieron que continuarán “trabajando de cara a todo lo que viene en adelante, buscando como objetivos proteger a las infancias, regular los entornos escolares y garantizar el derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a la información”.

Otra de las organizaciones que se sumó a las celebraciones fue Amnistía Internacional Argentina, que aseguró en sus redes sociales que “con más información, tenemos más herramientas para decidir”. Por su parte, la ONG ambiental Eco House calificó a la norma como un “gran paso”, y explicaron que “la malnutrición por exceso de grasas/azúcares afecta de forma diferenciada a los grupos más vulnerables. Elles suelen estar inmersos en entornos no saludables, donde hay más posibilidades de obtener alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas, que comidas nutritivas”.

Walter Martello, mientras tanto, defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, pidió al Ejecutivo una rápida reglamentación. “Ahora necesitamos una rápida reglamentación de la ley para que los efectos positivos de este nuevo sistema que ya funciona en otros países puedan vislumbrarse en la Argentina”, remarcó.

Para el funcionario, esta ley es una herramienta indispensable para contrarrestar los elevados índices de sobrepeso (obesidad + exceso de peso) que afecta al 41,1% de los NNyA de entre 5 y 17 años en nuestro país. ”También se viene registrando resultados alentadores en México y Uruguay, donde se llevaron a cabo grupos focales con niños y niñas de entre 10 y 12 años y adolescentes de 15 a 18 años, entre quienes se comprobó que los octógonos negros tienen altos niveles de comprensión”, destacó Martello.

Según Unicef, en tanto, las brechas sociales de la obesidad se incrementan según empeoran las condiciones socioeconómicas y las y los adolescentes de menores ingresos tienen un 31% más riesgo de padecer obesidad. Es por eso, remarcan, que la sanción de la norma aparecía en el horizonte de nuestro país como una imperiosa necesidad.

¿Cuándo se aplica?
El proyecto aprobado el martes a la noche le da un plazo de 90 días al Poder Ejecutivo para reglamentar la ley. Pasado ese tiempo, las pymes tienen un año de margen para adecuarse a la ley, mientras que las grandes empresas tienen un plazo de seis meses hasta tener que exhibir los octógonos en sus productos. Asimismo, el proyecto prevé dos años de adecuación extra para aquellas firmas que inicien un proceso de adaptación de nutrientes.

 

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“Ahora es tiempo de avanzar con la reglamentación de la norma y esperar que se mantengan los estándares del proyecto que apuntan a garantizar el derecho a la información” Victoria Tiscornia Investigadora de FIC

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