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La acusada alegó que esa noche olvidó sus lentes y que no vio a su novio caído antes de atropellarlo cuando regresaba para devolverle su celular, que había quedado en el auto
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó hoy la pena de 3 años y 9 meses de prisión por el delito de "homicidio culposo" impuesta a Julieta Silva, por atropellar con su auto y matar a su novio, el rugbier Genaro Fortunato, a la salida de un boliche de la ciudad de San Rafael, en diciembre de 2017, por lo que continuará con prisión domiciliaria.
Este mediodía, los ministros José Valerio, Mario Adaro y Dalmiro Garay desestimaron los planteos que habían formulado tanto el Ministerio Público Fiscal para que se condene a la mujer a una pena mayor, como por la defensa de la condenada, para que se revoque el fallo y sea absuelta.
De esta manera, el máximo tribunal provincial ratificó el fallo del juicio oral y la mujer continuará con prisión domiciliaria.
El hecho ocurrió durante la madrugada del 9 de septiembre del 2017 a la salida del bar 'La Mona' en la ciudad de San Rafael, al sur de Mendoza, donde la chica y su novio, que en aquel entonces tenía 25 años, habían ingresado unas horas antes.
Según se supo en el debate oral, tras una discusión en el bar entre el muchacho y otros concurrentes, la pareja salió del lugar y, en medio de una noche lluviosa y oscura, Genaro subió al auto pero decidió bajarse en la puerta del local, antes de que arrancara el auto.
Ella tomó el mando del volante y él intentó detener la salida intempestiva de su novia, pero al colgarse del auto cayó en el asfalto, la mujer giró en "u", lo atropelló y lo mató en el acto.
Ella no usaba los lentes recomendados por su astigmatismo y siempre declaró y aseguró que no lo vio tirado en la calle, donde Genaro había caído.
La acusada alegó que esa noche olvidó sus lentes y que no vio a su novio caído antes de atropellarlo cuando regresaba para devolverle su celular, que había quedado en el auto.
Luego, una pericia oftalmológica demostró que la mujer padece astigmatismo de -3 en ambos ojos, situación que la obligaba a conducir con lentes.
El fiscal Fernando Guzzo, jefe de los fiscales de Homicidios había pedido revisar la sentencia porque entendió que Silva mató a Genaro Fortunato en un marco de emoción violenta y que en el fallo existieron defectos de fundamentación, por lo que solicitó una pena de 14 años de prisión.
Sin embargo, los ministros entendieron que "en función de los argumentos (de la fiscalía), estimo que no puede derivarse de errores tan nimios como los analizados una solución tan drástica, como la que propone el recurrente" y señalaron que "la crítica aquí analizada carece de sustento y, por ello, no puede prosperar".
Por otro lado, Alejandro Cazabán, abogado de Silva, había solicitado la absolución de su clienta, pero el planteo también fue rechazado por la Suprema Corte mendocina.
Por su parte, Tíndaro Fernández, abogado querellante de la familia Fortunato, también había apelado la sentencia ya que para él se probó el vínculo de pareja y solicitó veinte años de prisión.
Al respecto, la Suprema Corte provincial consideró que "habiéndose impuesto en el presente caso una sentencia condenatoria, ésta no es impugnable en casación por el representante del querellante particular".
Tras el homicidio, el caso fue investigado por la fiscal Andrea Rossi, quien en un principio imputó a Silva por "homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía", decisión que le costó un pedido de Jury de Enjuiciamiento por haber actuado "con arbitrariedad en el cumplimiento de la función y por falta de idoneidad" en el caso.
Sin embargo, tras poco más de un mes en prisión asumió la defensa Alejandro Cazabán y el tribunal compuesto por los jueces Néstor Murcia, Alejandro Celeste y Jorge Yapur decidió quitar los dos agravantes y le indicaron a la fiscal que investigara el hecho como "homicidio simple con dolo eventual u homicidio culposo agravado", otorgando la prisión domiciliaria a la acusada.
Finalmente el año pasado, en un fallo de primera instancia y unánime, los jueces sanrafaelinos Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle impusieron una pena de 3 años y 9 meses de prisión a Silva, quien aún cumple su condena en su domicilio acompañada de sus dos hijos.
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