Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar

A la espera del decreto, qué pasará con la construcción, el servicio doméstico y las peluquerías

Son varias las actividades sobre las que todavía no se sabe si podrán funcionar a partir del confinamiento que comienza mañana

A la espera del decreto, qué pasará con la construcción, el servicio doméstico y las peluquerías
21 de Mayo de 2021 | 09:51

Apenas conocido el anuncio del presidente Alberto Fernández de un confinamiento por nueve días desde mañana y hasta el domingo 30 de mayo inclusive, comenzaron a surgir muchos interrogantes respecto de qué va a pasar con varias de las actividades que hasta ahora venían desarrollándose pero que ahora quedaron en una especie de "zona gris" hasta que no se conozca el decreto que fije el marco de las restricciones y a las que luego cada provincia debe adherir.

La vuelta del concepto de personal y actividad "esenciales" como los únicos que podrán moverse, con los permisos correspondientes, por fuera de los horarios límite motivaron, por ejemplo, la consulta sobre qué va a pasar con el servicio doméstico.

En este sentido, por el momento, las personas que cumplen tareas en casas particulares no quedan incluídas entre los esenciales, de manera que durante este nuevo confinamiento no podrían desarrollar su labor.

¿Y las peluquerías, que durante la cuarentena del año pasado fueron de los negocios que más tiempo estuvieron cerrados? En principio, los comercios de servicios tampoco quedarían habilitados para abrir.

El mismo interrogante se plantea con las obras de construcción, uno de los rubros que más traccionan y que durante la etapa de mayor cierre se fue habilitando por partes.

Estas incertidumbres se disiparán una vez que el Gobierno nacional publique el decreto correspondiente y, en el caso de la provicia de Buenso Aires, una vez que el gobernador Axel Kicillof brinde precisiones de cómo adherirá a la norma.

El decreto especificará cuáles serán la actividades consideradas esenciales y todo indica que serán las mismas que las determinadas en las dos normas dictadas para las restricciones que rigen desde hace cinco semanas.

Esa nómina estaría compuesta por:

  • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
  • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
  • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública. (Aunque se esperan detalles)
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, específicamente a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  • Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
  • Operación de Centrales Nucleares.
  •  
  • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
  •  
  • Operación de aeropuertos.
  •  
  • Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.
  •  
  • Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.
  •  
  • Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Full Promocional mensual

$650/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

Básico Promocional mensual

$500/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme
Ver todos los planes Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional mensual
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$500.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $3950.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla